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¿La gestión urbanística tiene derecho a confiscar cosas?

Análisis Legal: Sí. Como departamento administrativo de aplicación de la ley, la gestión urbana puede confiscar propiedades que violen las leyes. Alcance de la aplicación de la ley de gestión urbana: 1. El derecho a imponer sanciones administrativas a la contaminación acústica de la vida social, la contaminación acústica de la construcción, la contaminación de polvo de la construcción, la contaminación de humos de los servicios de catering y la contaminación de las barbacoas al aire libre en la gestión de la protección ambiental. 2. En términos de gestión de la protección ambiental, se imponen sanciones administrativas a la contaminación por humo, como la quema de asfalto y desechos plásticos en las ciudades, la contaminación por humo, como la quema de paja y hojas al aire libre, y la contaminación causada por el lanzamiento de fuegos artificiales y petardos. 3. Sanciones administrativas por administración industrial y comercial, explotación sin licencia de lugares públicos al aire libre y publicidad exterior ilegal. 4. Sanciones administrativas impuestas por la Dirección de Tráfico al estacionamiento ilegal de vehículos a motor en vías urbanas. 5. La gestión del agua impone sanciones administrativas al vertido de desechos y basura en ríos urbanos, la toma ilegal de tierra y la demolición de edificios ilegales en ríos urbanos. 6. Supervisión de alimentos y medicamentos* * * Sanciones administrativas por venta de alimentos y puestos de comida que operen en lugares públicos al aire libre sin licencia, reciclaje y venta ilegal de drogas, etc.

Base jurídica: Medidas de aplicación de la ley de gestión urbana

Artículo 8 El alcance de la potestad sancionadora administrativa en la aplicación de la ley de gestión urbana se determinará de conformidad con las leyes, reglamentos y disposiciones pertinentes del Estado. Consejo, incluidas las leyes y reglamentos en materia de vivienda y construcción urbano-rural. La facultad sancionadora administrativa, así como la potestad sancionadora administrativa relacionada con la gestión urbana en la gestión de la protección ambiental, la administración industrial y comercial, la gestión del tráfico, la gestión del agua, la alimentación y supervisión de medicamentos, etc.

Artículo 10: Cuando las autoridades de gestión urbana y aplicación de la ley ejerzan el poder de sanción administrativa de manera relativamente centralizada de conformidad con la ley, podrán implementar medidas coercitivas administrativas relacionadas con el poder de sanción administrativa estipulado en las leyes y reglamentos.

Consejos

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