¿Puede la mujer demandar al hombre si este no le paga los gastos de manutención durante el encierro?
Ley Civil (vigencia a partir del 1 de enero de 2021)
Artículo 1058 (Derechos a criar, educar y proteger a los hijos menores) Tanto el marido como la mujer tienen derecho a criar, educar, y proteger a los hijos menores. Todos tienen iguales derechos y tienen la obligación de criar, educar y proteger a los hijos menores.
Artículo 1059. El marido y la mujer tienen la obligación de sustentarse mutuamente.
Cuando la otra parte no cumple con sus obligaciones de manutención, la parte que necesita manutención tiene derecho a exigir a la otra parte el pago de honorarios de manutención.
Artículo 1060: Los actos jurídicos civiles realizados por uno de los cónyuges para las necesidades diarias de la familia surtirán efectos sobre ambos cónyuges, salvo pacto en contrario entre uno y el otro.
Las restricciones entre marido y mujer sobre el alcance de las acciones judiciales civiles que una de las partes puede ejercer no serán contra la contraparte de buena fe. .