¿A qué seguridad contra incendios se debe prestar atención en los almacenes de cigarrillos?
La siguiente información se reproduce como referencia
Sistema de gestión de seguridad contra incendios en almacenes de tabaco
Capítulo 1 Disposiciones generales
El artículo 1 tiene como objetivo fortalecer almacenes de tabaco Gestión de la seguridad, estandarizando la construcción de instalaciones de seguridad, previniendo incendios, accidentes con lesiones personales y casos de robo, de acuerdo con la "Ley de Protección contra Incendios de la República Popular China", "Ley de Seguridad Laboral de la República Popular China", " Ley de prevención de incendios en almacenes"Reglas de gestión de seguridad", "Regulaciones de gestión de seguridad contra incendios para agencias, grupos, empresas e instituciones", "Código de protección contra incendios para el diseño de edificios", "Regulaciones de diseño de configuración de extintores de incendios para edificios", "Código de diseño de protección contra incendios para altas -Levantamiento de Edificios Civiles”, “Diseño de Protección Contra Incendios para la Decoración Interna de Edificios”, “Especificaciones” y otras leyes, reglamentos y normas para formular estos reglamentos.
Artículo 2: El presente reglamento se aplica a los almacenes de cigarrillos terminados y de hojas de tabaco pertenecientes a la industria tabacalera (incluidos los almacenes arrendados con contratos de arrendamiento superiores a un año).
Artículo 3 Los almacenes de accesorios de tabaco deberán remitirse a este reglamento e implementar las regulaciones y normas nacionales pertinentes.
Artículo 4: De conformidad con el principio de responsabilidad de las unidades de producción y operación y de supervisión y gestión jerárquica, las unidades de producción y operación son responsables de la gestión de seguridad de sus almacenes, y los departamentos superiores de dirección de la producción. y las unidades operativas supervisarán, orientarán y evaluarán la gestión de la seguridad de los almacenes.
Capítulo 2 Seguridad contra incendios
Artículo 5 El diseño y construcción de almacenes de tabaco debe cumplir con las disposiciones pertinentes de las normas nacionales de protección contra incendios para el diseño de edificios y ser revisado y aprobado por las autoridades locales. Departamento de supervisión y gestión de incendios de seguridad pública. Antes de su utilización, el almacén deberá pasar la inspección y aceptación de las autoridades superiores y de los departamentos de seguridad pública y supervisión y gestión de incendios. Aquellos que no pasen la inspección de aceptación no serán entregados para su uso.
Artículo 6: El grado de resistencia al fuego de los almacenes de tabaco no será inferior al Nivel 2.
Artículo 7 El área de un almacén de un solo piso no excederá los 6000 m², y el área máxima permitida de cada zona de protección contra incendios será de 1500 m² el área de un almacén de varios pisos; no excederá los 3000 m², y el área máxima permitida de cada zona de protección contra incendios será El área del almacén de gran altura no excederá los 2800 m2, y el área máxima permitida de la zona de protección contra incendios será 700 m2. Para los almacenes equipados con equipos automáticos de extinción de incendios, la superficie se puede duplicar de acuerdo con las normas pertinentes.
Artículo 8: La decoración interior y tabiques de los almacenes con niveles de resistencia al fuego uno o dos deberán utilizar materiales ignífugos. Si se instala y utiliza un sistema automático de alarma contra incendios y extinción de incendios en el almacén, el estándar de grado de combustión de los materiales de decoración de interiores se puede reducir en un nivel de acuerdo con las regulaciones pertinentes.
Artículo 9 Los almacenes de tabaco deben tener condiciones relativamente cerradas. La distancia de separación contra incendios entre almacenes no será inferior a 10 metros; la distancia de separación contra incendios entre almacenes y otros edificios no será inferior a 14 metros. Se deben mantener escaleras de incendios circulares alrededor del almacén.
Artículo 10: La puerta del almacén deberá abrirse hacia afuera o instalarse una puerta corrediza contra el exterior de la pared. Las puertas del almacén deben ser puertas cortafuegos Clase B o superiores. Los almacenes de gran altura deben utilizar escaleras cerradas.
Artículo 11 El número de salidas de seguridad en el almacén o en cada compartimento contraincendios no será inferior a 2. Cuando la superficie de un almacén de varias plantas no supere los 300 m², se podrá prever una escalera de evacuación, y para una zona de protección contra incendios cuya superficie no supere los 100 m², se podrá prever una salida. La escalera metálica exterior en el almacén se puede utilizar como escalera de evacuación. Su ancho neto no debe ser inferior a 60 cm, la inclinación no debe ser superior a 60 grados y la altura de las barandillas no debe ser inferior a 80 cm.
Artículo 12: La ubicación de una bodega nueva o alquilada no deberá ubicarse cerca de una bodega con mayor riesgo de incendio que los materiales sólidos combustibles Clase C.
Capítulo 3 Entornos Regionales
Artículo 13 Las áreas de almacén, operaciones y oficinas deben estar claramente divididas dentro del área del depósito, y se deben tomar medidas efectivas de seguridad y aislamiento contra incendios. Es necesario designar un área relativamente independiente para las actividades de los forasteros.
Artículo 14: Se deberán colocar señales llamativas de prevención y prohibición de incendios en la zona del embalse. Los fuegos abiertos están estrictamente prohibidos en el área del depósito y se deben seguir estrictamente las regulaciones pertinentes para las operaciones contra incendios en el área del depósito.
Artículo 15: Los vehículos automotores que ingresen a la sección ignífuga del área del depósito para su operación deberán estar equipados con cubiertas ignífugas. No se permite que el lado del tubo de escape esté cerca de la pila de artículos. Después de cargar y descargar artículos, no se permite estacionar, reparar o repostar diversos vehículos de motor en almacenes y patios de carga.
Capítulo 4 Instalaciones de seguridad
Artículo 16 Todos los tipos de instalaciones y equipos de seguridad seleccionados para los almacenes deben estar certificados por los departamentos nacionales pertinentes y cumplir con los requisitos reales de la industria tabacalera.
Artículo 17: Los almacenes con una superficie superior a 500 m² (incluidos 500 m²) o una superficie de construcción superior a 1000 m² (incluidos 1000 m²) deben instalar y utilizar dispositivos automáticos de alarma contra incendios. En los almacenes donde se realicen fumigaciones con fosfina e insecticidas se debe instalar un sistema automático de alarma y monitoreo de incendios que sea resistente a la corrosión del gas fosfina y a la influencia del polvo.
Artículo 18: Se deberán instalar dispositivos de protección contra rayos en el área del embalse y en los equipos e instalaciones pertinentes dentro del embalse, y deberán ser probados periódicamente para garantizar su efectividad.
Artículo 19: En la zona del embalse deberá haber suficientes fuentes de agua contra incendios.
Artículo 20: La instalación de salas de bombas contra incendios, tuberías de entrada y salida de bombas de agua y suministros de energía deberá cumplir con las especificaciones técnicas nacionales pertinentes.
Artículo 21: Los almacenes deberán instalar y utilizar sistemas automáticos de extinción de incendios de acuerdo con la normativa pertinente. El sistema automático de extinción de incendios seleccionado debe cumplir con las normas nacionales pertinentes y los requisitos de uso reales de la industria tabacalera para evitar pérdidas causadas o ampliadas debido a una configuración inadecuada del sistema.
Artículo 22: Las áreas de embalses y almacenes deberán estar equipados con equipos extintores de tipo agua, espuma química y polvo seco de fosfato de amonio adecuados para extinguir incendios Clase A de acuerdo con los reglamentos y normas pertinentes. Las normas de configuración de los extintores en los lugares de configuración contra incendios Clase A deberán cumplir con las siguientes regulaciones:
Artículo 23 Los lugares de configuración de extintores equipados con bocas de incendio y sistemas de extinción de incendios podrán reducir el número de extintores de acuerdo con regulaciones si hay bocas de incendio, se puede reducir en un 30% en consecuencia; si hay un sistema de extinción de incendios, se puede reducir en un 50% si hay bocas de incendio y sistemas de extinción de incendios, se puede reducir en un 70%; .
Artículo 24 El número de extintores en cada punto de distribución de extintores no deberá ser inferior a 2 ni superior a 5.
Artículo 25: Las bocas de incendio deberán instalarse en las zonas de embalses y almacenes de acuerdo con la normativa pertinente. La distancia entre bocas de incendio exteriores no deberá exceder los 120 metros. El radio de protección de las bocas de incendio exteriores no excederá los 150 metros. La distancia entre las bocas de incendio exteriores y el borde de la carretera no debe ser superior a 2 metros, y la distancia desde la pared exterior de la casa no debe ser inferior a 5 metros.
Artículo 26 Los hidrantes interiores deberán ubicarse en lugares de fácil acceso. La distancia entre monocapa y multicapa no deberá exceder los 50 metros. La altura del hidrante desde el suelo deberá ser de 1,1 metros. . La salida de agua debe estar en la misma dirección que la pared en un ángulo de 90 grados. En el mismo edificio se deben utilizar bocas de incendio, pistolas de agua y mangueras de las mismas especificaciones. La longitud de cada manguera no debe exceder los 25 metros. Las juntas deben instalarse fuera del almacén de edificios de gran altura.
Artículo 27: La zona del embalse deberá estar efectivamente aislada del exterior mediante muros o vallas. En la zona del almacén se deberán instalar y utilizar sistemas de alarma antirrobo, antirrobo y antiintrusión. Las puertas y ventanas del almacén deben estar equipadas con dispositivos de protección de seguridad eficaces.
Artículo 28: Las instalaciones eléctricas y su uso deben cumplir con las regulaciones y estándares nacionales e industriales pertinentes. Se debe instalar una sala de transformación (distribución) de energía independiente en el área del almacén y se debe mantener una distancia segura del almacén.
Artículo 29: Las líneas eléctricas en las áreas de embalses y almacenes deberán instalarse de acuerdo con las especificaciones pertinentes, y las líneas eléctricas no deberán tenderse al azar. Las líneas de suministro de energía en el almacén deben pasar por tuberías metálicas y no se permite el uso de lámparas incandescentes de más de 60 W u otras lámparas de alta temperatura, el interruptor eléctrico debe instalarse fuera del almacén y tener una luz indicadora de apagado;
Artículo 30 La instalación, inspección, uso y mantenimiento de equipos especiales (ascensores, montacargas, soldadura eléctrica, etc.) deberán cumplir con la normativa nacional pertinente.
Capítulo 5 Seguridad en las operaciones de fumigación con fosfina
Artículo 31 Los almacenes que realicen operaciones de fumigación con fosfina deben contar con condiciones de protección de seguridad para evitar que los trabajadores de la fumigación interactúen con el contacto directo del gas fosfina.
Artículo 32: Las operaciones de fumigación con fosfina deberán ser realizadas por unidades y personal con las calificaciones nacionales pertinentes y cumpliendo con los requisitos pertinentes de la industria tabacalera.
Artículo 33: Se deberán formular los correspondientes procedimientos operativos de seguridad y planes de emergencia de accidentes de seguridad. El almacén donde se llevan a cabo las operaciones de fumigación debe tener condiciones relativamente selladas y se debe establecer un área de advertencia clara y efectiva para las operaciones de fumigación. El almacén debe tener condiciones impermeables antes de que se pueda realizar la fumigación con fosfina.
Artículo 34: Las operaciones de fumigación deberán utilizar instalaciones y equipos de fumigación que puedan prevenir eficazmente lesiones personales, riesgos de incendio y contaminación ambiental. Está prohibido utilizar pesticidas, instalaciones y equipos de fumigación que no hayan sido identificados por los departamentos nacionales pertinentes, presenten riesgos potenciales de lesiones personales, incendios y otros accidentes, o que descarguen y manipulen sustancias nocivas que no cumplan con las normas de protección ambiental pertinentes.
Capítulo 6 Gestión de la seguridad
Artículo 35 El almacén debe establecer un grupo líder de producción de seguridad compuesto por jefes de departamentos relevantes, con el principal responsable del almacén sirviendo como director o equipo. líder . Responsable de organizar la investigación y formular regulaciones de seguridad relevantes y detalles de implementación de diversos trabajos de gestión de seguridad.
Artículo 36: Los almacenes deberán identificar claramente los departamentos responsables de la gestión de seguridad y determinar el personal de gestión de seguridad de tiempo completo. El departamento de gestión de seguridad es específicamente responsable del trabajo diario de gestión de seguridad, como protección contra incendios, prevención de seguridad interna y tráfico rodado.
Artículo 37: Los almacenes deberán establecer y mejorar el sistema de responsabilidad de seguridad en la producción para cada puesto. Desarrollar planes de emergencia para diversos incidentes de seguridad y realizar simulacros prácticos periódicamente.
Capítulo 7 Supervisión y Responsabilidad
Artículo 38: Las unidades de producción y de negocio son responsables de la gestión de la seguridad de sus almacenes. Los principales líderes de las unidades de producción y operación y los almacenes afiliados asumirán respectivamente la responsabilidad de liderazgo general y la responsabilidad de liderazgo directo de la gestión de seguridad del almacén.
Artículo 39: Las direcciones superiores de las unidades productivas y de negocio deberán supervisar, orientar y evaluar la gestión de seguridad de sus almacenes.
Artículo 40 Si cualquier violación de estas regulaciones o regulaciones relevantes resulta en la ocurrencia de un accidente de responsabilidad, el personal de producción y operación será responsable de acuerdo con las leyes y regulaciones nacionales pertinentes y las "Reglas sobre la Investigación de Responsabilidad Administrativa por Accidentes Extraordinarios y Mayores de Seguridad en el Sistema Tabaco" Las responsabilidades de los jefes pertinentes y responsables directos de la unidad y almacén.
Capítulo 8 Disposiciones Complementarias
Artículo 41 El presente reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su promulgación. Cada unidad podrá formular los detalles de implementación correspondientes con base en este reglamento.
Artículo 42: Los artículos relacionados con la gestión de seguridad en el almacén en los reglamentos y normas pertinentes promulgados por la industria tabacalera estarán sujetos a este reglamento.
Artículo 43 La interpretación de este reglamento corresponde a la Administración Estatal del Monopolio del Tabaco.