Sistema de gestión de ventas de medicamentos recetados
Base legal: “Disposiciones Provisionales sobre la Gestión de la Circulación de Medicamentos con y sin Receta”
Artículo 9 Farmacias minoristas que venden medicamentos con receta y medicamentos sin receta Clase A debe poseer una "Licencia de Empresa Comercial Farmacéutica".
Las farmacias minoristas que venden medicamentos recetados y sin receta deben estar equipadas con farmacéuticos autorizados o técnicos farmacéuticos por encima del nivel de los farmacéuticos.
La "Licencia de empresa comercial farmacéutica" y el certificado de farmacéutico en ejercicio deben colgarse en un lugar visible. Los farmacéuticos en ejercicio deben llevar insignias que indiquen su nombre, título técnico, etc.
Artículo 10 Los medicamentos recetados deben ser vendidos, comprados y utilizados por médicos autorizados o médicos asistentes autorizados.
Un farmacéutico o boticario autorizado debe revisar y firmar la receta del médico, para luego preparar y vender correctamente el medicamento según la receta. No se permiten cambios o sustituciones no autorizadas. Se debe rechazar la preparación y venta de recetas que sean incompatibles o que supongan una sobredosis. Si es necesario, podrá prepararse y venderse sólo después de que el prescriptor lo corrija o vuelva a firmar.
Las farmacias minoristas deben conservar las recetas durante más de 2 años para referencia futura.
Artículo 11 No se permite la venta en los lineales de medicamentos recetados.
Artículo 12 Los medicamentos de venta libre de Clase A y Clase B se pueden vender, comprar y usar sin receta médica, pero los pacientes pueden solicitar comprarlos y usarlos bajo la guía de un farmacéutico o farmacéutico autorizado.
Los farmacéuticos o boticarios autorizados deben proporcionar orientación sobre la medicación o hacer recomendaciones médicas para los pacientes que compran medicamentos sin receta.