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Aviso de la Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma sobre el anuncio del precio de referencia nacional al por menor de medicamentos esenciales

Comisión de Desarrollo y Reforma [2009] No. 2498

Aviso de la Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma sobre el anuncio de precios orientativos al por menor a nivel nacional para medicamentos esenciales

Comisiones de Desarrollo y Reforma y Oficinas de Precios de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central:

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De conformidad con los "Dictámenes de Implementación sobre el Establecimiento de un Sistema Nacional de Medicamentos Esenciales", las "Medidas para la Fijación Gubernamental de Precios de Medicamentos" y otras regulaciones pertinentes, nuestro comité ha formulado el precio de referencia nacional al por menor de los medicamentos esenciales, que ahora se publica. Los asuntos relevantes ahora se notifican de la siguiente manera:

1. Los precios de los medicamentos enumerados en la lista son los precios guía minoristas nacionales de medicamentos esenciales según sus nombres genéricos. Las instituciones médicas y de salud de todos los niveles, las farmacias sociales minoristas y otras unidades de producción y operación farmacéuticas venden medicamentos esenciales y sus precios de venta no excederán los precios enumerados en el apéndice.

En segundo lugar, la Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma y las autoridades de precios de varias provincias (regiones autónomas y municipios) formulan y publican los precios de acuerdo con sus facultades prescritas. Cualquier medicamento marcado como producido y suministrado por una empresa específica, medicamentos marcados como "bolsa blanda de doble válvula, bolsa blanda de doble válvula, envase doble estéril, ampolla de plástico", medicamentos marcados como "hialuronato de sodio" en "regulación del equilibrio de agua y electrolitos". "medicamento" y gotas para los ojos, antes de que nuestro comité ajuste el precio, se implementarán temporalmente al precio original; como medicamento esencial, su precio minorista no excederá el precio de la misma forma farmacéutica y las especificaciones en el apéndice.

3. Otras formas farmacéuticas o especificaciones del mismo medicamento que no figuran en el apéndice (las formas farmacéuticas solo se refieren a las formas farmacéuticas especificadas por los medicamentos esenciales nacionales) serán formuladas y formuladas temporalmente por los departamentos de precios. de cada provincia, región autónoma y municipio directamente dependiente del Gobierno Central de acuerdo con las reglas de diferencia de precios de medicamentos Publicar precios orientativos al por menor. Para los medicamentos en el apéndice cuyos precios minoristas se publican en función de la unidad de medida más pequeña, el precio de otras cantidades de empaque y especificaciones de la misma forma farmacéutica se calcula multiplicando el precio publicado de la unidad de medida más pequeña por el número real de paquetes. .

4. "Aviso de la Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma sobre el establecimiento del precio minorista máximo del primer lote de medicamentos recetados designados para medicamentos esenciales comunitarios urbanos y rurales" (Precio NDRC [2007] No. 2877) , "Aviso de la Oficina de la Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma del Departamento sobre la formulación de opiniones orientativas sobre el precio minorista máximo de medicamentos de venta libre para el primer lote de producción designada de medicamentos esenciales en comunidades urbanas y áreas rurales (Precio NDRC [2008] núm. 1560).

5. Para los medicamentos con precios provisionales indicados en el apéndice, los precios orientativos al por menor son válidos por un año después de la expiración del período de validez, nuestro comité volverá a evaluar los precios;

6. De acuerdo con las "Opiniones de Implementación sobre el Establecimiento de un Sistema Nacional de Medicamentos Esenciales", los medicamentos en varios lugares que caen dentro del alcance de precios de la Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma se implementarán de acuerdo con los precios guía de venta al por menor. actualmente estipulados por el país; están sujetos a precios locales o regulación del mercado. Si el rango de precios está dentro del rango de precios, el departamento de precios provincial (regional, municipal) fijará el precio guía al por menor.

7. Los departamentos de precios de varias regiones deben fortalecer el seguimiento y análisis de los precios de compra y venta de medicamentos esenciales nacionales en el mercado, identificar los problemas e informarlos de manera oportuna. Nuestro comité ajustará el comercio minorista. precio de orientación de acuerdo con los cambios en los costos y precios de mercado Supervisar e inspeccionar la implementación de los precios nacionales de medicamentos esenciales, e investigar estrictamente y tratar las violaciones de precios por parte de las unidades de producción y operación de medicamentos que violen las disposiciones de este aviso;

Los precios que figuran en el anexo de este aviso se aplicarán a partir del 22 de octubre de 2009.

Calendario:

1. Lista nacional de precios orientativos al por menor de medicamentos esenciales (medicamentos químicos y productos biológicos)

2. (medicamentos de patente chinos)

Comisión Nacional de Reforma y Desarrollo

Comunicado de prensa emitido el 28 de septiembre de 2009