¿Puedo solicitar el divorcio después del parto?
Base Legal
Artículo 1082 del Código Civil
Durante el embarazo, dentro del año siguiente al parto, o dentro de los seis meses siguientes a la interrupción del embarazo, el hombre deberá no solicitar el divorcio; sin embargo, esto se exceptúa si la mujer solicita el divorcio o el tribunal popular considera necesario aceptar la solicitud de divorcio del hombre.
Artículo 1076
Si ambos cónyuges desean divorciarse voluntariamente, firmarán un acuerdo de divorcio por escrito y solicitarán personalmente la inscripción del divorcio en la oficina de registro de matrimonio.
El acuerdo de divorcio debe expresar la intención de ambas partes de divorciarse voluntariamente y el consenso en cuestiones como la manutención de los hijos, los bienes y la disposición de deudas.