Red de conocimientos sobre prescripción popular - Conocimientos de oftalmología - ¿Qué elementos debe comprobar el personal militar?

¿Qué elementos debe comprobar el personal militar?

Capítulo 1 Cirugía

Regla 1. Son elegibles los hombres con una altura de 160 cm o más y las mujeres con una altura de 158 cm o más.

Las condiciones de altura para los soldados calificados se implementarán de acuerdo con las normas pertinentes.

Regla 2. El peso cumple con las siguientes condiciones y azúcar en sangre en ayunas

(1) Hombre: 17,5 ≤ índice de masa corporal

(2) Mujer: 17 ≤ índice de masa corporal

Si el cuerpo Si el índice de masa es ≥28, debe verificar los elementos de la prueba de hemoglobina en la sangre y el porcentaje de hemoglobina glucosilada

(Índice de masa corporal = peso (kilogramos) dividido por la altura (metros ) al cuadrado)

Regla 3. Traumatismo craneoencefálico, malformación cerebral, antecedente de cirugía cerebral, síndrome postraumático, descalificado.

¿Artículo 4? El movimiento restringido del cuello, la tortícolis, el bocio simple superior al grado ⅲ y los tumores de mama no están calificados. El bocio simple descalifica a los guerreros calificados.

¿Artículo 5? Enfermedades o lesiones de huesos, articulaciones y cápsulas y sus secuelas, deformidades óseas y articulares, deformidades torácicas, luxaciones habituales, antecedentes de fracturas cervicales, torácicas y lumbares, hernia discal lumbar, espondilitis anquilosante, enfermedades de la vaina tendinosa que afecten la función de las extremidades, etc. calificado.

Son elegibles las siguientes condiciones:

(1) Escoliosis autocorregible

(2) Fractura simple de extremidades, 1 año después de la curación.

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(4) La enfermedad de Kashin-Beck solo se refiere a las articulaciones de los dedos de los pies ligeramente gruesas, sin síntomas subjetivos y sin deterioro funcional (solo para el personal de tierra).

(5) Deformidad torácica leve (excepto); para soldados condicionales).

¿Artículo 6? Si la hiperextensión de la articulación del codo excede los 15 grados, el valgo de la articulación del codo excede los 20 grados, o si la articulación del codo no excede los requisitos anteriores pero tiene un deterioro funcional, será descalificado.

¿Artículo 7? Sentadilla incompleta, la longitud de las dos extremidades inferiores es desigual en más de 2 cm, la distancia entre el cóndilo medial del fémur en genu varum y el maléolo medial de la tibia en genu valgus supera los 7 cm (más de 4 cm para guerreros calificados), o la marcha es anormal aunque no se superen los requisitos anteriores y la persona no esté cualificada.

Deficiencia leve en cuclillas (ángulo posterior de la rodilla ≤ 45 grados), excepto en guerreros calificados.

Si no puedes ponerte en cuclillas completamente con los pies juntos, o si tu sentadilla es inestable, puedes ajustar tu postura en cuclillas (tus pies no deben estar separados más que el ancho de los hombros). Si los pies pueden ponerse en cuclillas completamente o ligeramente después del ajuste de la postura, el personal de tierra está calificado (excepto por causas patológicas como el síndrome de contractura de los glúteos, el tendón de Aquiles corto y las enfermedades de las articulaciones de las extremidades inferiores).

¿Artículo 8? Los dedos de manos y pies están mutilados o deformados, los pies planos tienen el arco plantar completamente desaparecido y los pies severamente agrietados están descalificados.

¿Artículo 9? No están calificados los tumores malignos, los tumores benignos y los quistes que superen 1 cm de longitud en la cara y el cuello, los tumores benignos y quistes en otras partes que superen los 3 cm de longitud, o los que no superen las normas anteriores pero afecten la función y el entrenamiento.

¿Artículo 10? La composición de la cicatriz, la longitud y diámetro de la cara y el cuello supera los 3 cm o las cicatrices que afecten la función, y las cicatrices en otras partes que afecten la función no están calificadas.

¿Artículo 11? Los tatuajes de cara y cuello, el uso de uniformes militares de entrenamiento físico estándar, los tatuajes en otras partes expuestas de más de 3 cm de largo, los tatuajes en otras partes expuestas de más de 10 cm de largo, las cejas, el delineador de ojos y los labios masculinos, y los labios femeninos, no están calificados.

¿Artículo 12? Se descalifican vasculitis, aneurisma, varices de miembros inferiores de moderadas a graves y varicocele. Varices de miembros inferiores, varicocele, personal militar no calificado.

Artículo 13: No se califican antecedentes de cirugía toracoabdominal, hernia, prolapso anal, fístula anal, absceso paraanal, fisura anal crónica grave, hemorroides anulares y hemorroides mixtas.

Son elegibles las siguientes condiciones:

(1) Más de medio año después de la cirugía de apendicitis, sin secuelas

(2) 65438 después de hernia inguinal y; cirugía de hernia femoral ±0 años o más, sin secuelas;

(3) Dos o menos hemorroides mixtas con longitud y diámetro inferior a 0,8 cm

Artículo 14 Enfermedades o lesiones del sistema urogenital y no se califican sus secuelas, malformación o subdesarrollo de los órganos reproductores, testículo único, criptorquidia y su postoperatorio.

Las siguientes condiciones son elegibles:

(1) Hidrocele leve no comunicante, sin síntomas subjetivos, no más grande que el testículo contralateral (excepto para guerreros calificados);

(2) Hidrocele testicular asintomático, incluidos los testículos, no excede 65438±0 veces de testículos sanos (excepto para guerreros calificados);

( 3) Hidrocele de comunicación, sin recurrencia ni secuelas por más más de 1 año después de la cirugía;

(4) Sin dolor a la palpación, sin síntomas subjetivos de nódulos del cordón espermático y del epidídimo, menos de 2 en número y de longitud y diámetro inferiores a 0,5 cm;

(5) Fimosis y prepucio excesivo (excepto personal militar calificado);

(6) Dermatitis aguda leve y cistitis.

Artículo 15: Se descalifica el mal olor severo de axila. Olor leve en las axilas, soldados no calificados.

Artículo 16 Tiña de la cabeza, tiña corporal generalizada, sarna, eccema crónico generalizado, urticaria crónica, neurodermatitis generalizada, psoriasis, nevo vascular, nevo pigmentado, nevo fetal, lunares, vitíligo de más de 1 cm de longitud en el cara y cuello, y otras enfermedades infecciosas o incurables de la piel no son elegibles. Polifoliculitis, alergia cutánea a irritantes o antecedentes de dermatitis de contacto, congelación de manos y pies en los últimos 3 años, afecciones no calificadas.

Las siguientes condiciones son elegibles:

(a) Neurodermatitis única localizada, con una longitud y diámetro inferior a 3 cm;

(2) Tinea cruris, manos y pies Tiña, tiña de las uñas (de manos y pies), tiña versicolor del tronco;

(3) No más de 2 manchas de vitíligo en otras partes del cuerpo, y la longitud de cada mancha de El vitíligo mide menos de 3 cm.

¿Artículo 17? Las enfermedades de transmisión sexual como gonorrea, sífilis, chancroide, linfogranuloma venéreo, uretritis no gonocócica, condiloma acuminado, herpes genital, etc., no están calificadas.

Capítulo 2 Medicina Interna

¿Artículo 18? Si su presión arterial está dentro del siguiente rango, está calificado.

(1) Presión arterial sistólica ≥90 mmHg y < < 140 mmHg;

(2) Presión arterial diastólica ≥60 mmHg, < 90 mmhg.

Artículo 19 Si la frecuencia cardíaca se encuentra dentro del siguiente rango, se califica.

(1) Frecuencia cardíaca 60 ~ 100 latidos/min

(2) Frecuencia cardíaca 50 ~ 59 latidos/min o 101 ~ 110 latidos/min, que es fisiológica (con o sin Excepto para guerreros condicionales).

¿Artículo 20? Hipertensión, cardiopatía orgánica, enfermedad vascular, dextrocardia, no calificada.

Se califican las siguientes condiciones:

(1) Se encuentran arritmias y soplos sistólicos durante la auscultación, que son fisiológicos tras el examen (excepto para personal militar calificado);

(2) Hipotensión ortostática y trastorno vasomotor periférico (solo personal de tierra).

¿Artículo 21? No se califican la bronquitis crónica, las bronquiectasias, el asma bronquial, las ampollas, el neumotórax y otras enfermedades respiratorias crónicas.