¿Cuáles son los estándares de cobro para los centros de rehabilitación obligatoria de drogas?
1. La tarifa de desintoxicación de drogas obligatoria es de 7.000 yuanes (3 meses), que incluye: tarifa de desintoxicación de drogas, tarifa de examen y tratamiento, tarifa de cama, tarifa de enfermería, tarifa de comida, tarifa de ropa y tarifa de calefacción (10). yuanes por año) desde finales de mes hasta el 15 de abril del año siguiente), tarifa de refrigeración de verano (desde mediados de mayo hasta mediados de octubre), etc. 2. La desintoxicación obligatoria de drogas comienza a partir del cuarto mes y la tarifa mensual es de 1.800 yuanes. 3. Los gastos incurridos por el personal de desintoxicación durante el período de desintoxicación obligatoria, tales como la compra de artículos de primera necesidad o el tratamiento de enfermedades físicas, correrán a cargo del propio personal de desintoxicación o de sus familiares. 4. Las familias de drogadictos pueden reservar adecuadamente dinero de bolsillo para los drogadictos en función de las condiciones financieras de su familia, principalmente para la compra de artículos de primera necesidad personales. Los centros de tratamiento obligatorio de drogas deben tener fondos específicos, uso específico, apertura y transparencia en la gestión de las pertenencias personales y el dinero de bolsillo de los drogadictos.
Base Legal
"Derecho Penal de la República Popular China"
Artículo 347: Contrabando, venta, transporte, fabricación de drogas, independientemente de Independientemente de la cantidad, se debe investigar la responsabilidad penal y imponer sanciones penales.
El que contrabandee, venda, transporte o fabrique drogas en cualquiera de las siguientes circunstancias, será sancionado con quince años de prisión, cadena perpetua o muerte, y sus bienes serán confiscados:
(1) Contrabando, venta, transporte y fabricación de más de un kilogramo de opio, más de 50 gramos de heroína o metanfetamina u otras drogas en grandes cantidades;
(2) Líderes del contrabando , venta, transporte y fabricación de drogas;
(3) Cobertura armada para el contrabando, venta, transporte y fabricación de drogas;
(4) Resistirse a la inspección, detención o arresto con violencia, si las circunstancias son graves;
(5) Participar en actividades organizadas de tráfico internacional de drogas.
Será sancionado quien contrabandee, venda, transporte o fabrique más de 200 gramos pero menos de un kilogramo de opio, más de 10 gramos pero menos de 50 gramos de heroína o metanfetamina, u otras drogas en cantidades mayores. a una pena de prisión determinada no inferior a siete años y a una multa.
Quien contrabandee, venda, transporte o fabrique menos de 200 gramos de opio, menos de 10 gramos de heroína o metanfetamina u otras pequeñas cantidades de drogas, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años. , detención penal o vigilancia pública, y también será multado. Si es grave, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también será multado;
Si una unidad comete el delito del párrafo 2, párrafo 3 o párrafo 4, la unidad será multada y la persona directamente a cargo y otro personal directamente responsable serán castigados de conformidad con las disposiciones de la respectivos párrafos.
Serán severamente castigados quienes utilicen o instiguen a menores de edad para el contrabando, venta, transporte o fabricación de drogas, o la venta de drogas a menores de edad.
Para el contrabando, venta, transporte y fabricación repetidos de drogas sin tratamiento, se calculará la cantidad acumulada de drogas.