He estado luchando con el examen físico de reclutamiento militar, temiendo no aprobarlo. Mido 177 cm, peso 113 kg y tengo visión normal. ¿Puede pasar mi aptitud física?
Peso estándar (kg) = largo (cm)-110
Siempre que su peso esté entre 56,95 kg y 83,75 kg, está calificado ! ¡Tu peso actual es de 56,5 kg y aún esperas calificar! Si ha aumentado su dieta recientemente, asegúrese de aumentar la ingesta de agua durante el examen físico (esto le permitirá ganar el peso adecuado) ¡y no habrá mayores problemas!
Para un hombre tan joven, el examen físico es normal, ¡así que no hay que tener miedo! Además, le daré los elementos básicos del examen físico y los requisitos de calificación, ¡y podrá compararlos aproximadamente!
No son elegibles la malformación cerebral, la cirugía cerebral, la lesión cerebral traumática y el síndrome postraumático.
La rigidez del cuello, la tortícolis, el bocio de tercer grado, la tuberculosis linfática, el síndrome de desarrollo de la glándula mamaria grave en los hombres y la hiperplasia mamaria grave en las mujeres no están calificados.
Artículo 5: Displasia congénita de miembros, articulaciones y columna vertebral que causa deformidad o disfunción, lesiones y secuelas de huesos, articulaciones, tejidos blandos y bolsas, luxación habitual, enfermedades crónicas de la columna y vainas tendinosas que afectan a las extremidades. Función. Inhabilitación por enfermedad.
Deformidad torácica leve (excepto fractura simple mayor), sin deterioro funcional ni secuelas al año de curación, calificado.
Artículo 6: La longitud de los miembros inferiores es desigual en más de 2 cm, la distancia entre los cóndilos mediales del fémur y el maléolo medial de la tibia excede los 7 cm, o la marcha es anormal aunque no excede el rango prescrito y no está calificado.
El artículo 7 se refiere a pie plano, dedos incompletos o deformados, desaparición completa del arco plantar, hallux valgus que afecta la función, callos, durezas y pies agrietados severos que afectan la marcha de largas distancias, y no está calificado.
Artículo 8: No se califican los tumores malignos o benignos con posibilidad de transformación maligna, los tumores benignos, los quistes, las cicatrices y las cicatrices en diversas partes de la cara o función.
Artículo 9: Se descalifican vasculitis, aneurisma, varices graves de miembros inferiores y varicocele. Entre ellos, las venas varicosas moderadas de las extremidades inferiores y el varicocele no están calificados para la especialidad de mando.
Décimo Vitíligo, cicatrices, nevus melanocíticos, pigmentaciones, hemangiomas, etc. , entre los cuales hay áreas grandes o que afectan las capacidades militares pantalones cortos con "palabras y patrones" tatuados en las partes expuestas del cuerpo y el diámetro es mayor a 2 cm, y el diámetro de otras partes es mayor a 3 cm, o allí; Son cicatrices evidentes después del tratamiento quirúrgico, no están calificadas.
Se matizan los tatuajes con costumbres y hábitos étnicos en zonas minoritarias, ropa corta y que no afecten significativamente al aspecto militar.
Artículo 11: No serán admitidos aquellos con antecedentes de cirugía toracoabdominal, hernia, prolapso anal, fístula anal, fisura anal crónica severa, hemorroides anulares, hemorroides mixtas con un diámetro mayor a 0,5 cm o dos o más. calificado. Más de seis meses después de la cirugía de apendicitis, más de un año después de la cirugía de hernia inguinal y femoral, y sin secuelas, calificaron.
Artículo 12: No se califican malformaciones o hipoplasias, criptorquidia, inflamación del sistema urinario y reproductivo, tuberculosis, cálculos y otras lesiones y sus secuelas que afecten la función del sistema urinario y reproductivo.
Se califican las siguientes condiciones:
(1) El hidrocele no comunicante del cordón espermático sin síntomas conscientes no es más que la bola testicular sana, y la bola testicular más el La vaina de la bola testicular es La acumulación de líquido membranoso no es más del doble que la de un testículo sano;
(2) No hay más de 2 nódulos del cordón espermático y del epidídimo, no hay sensibilidad, no hay síntomas subjetivos, y el diámetro es inferior a 0,5 cm
(3) Dermatitis aguda leve, cistitis vulvar, prepucio excesivo, falta de adherencia entre fimosis y glande y quiste vulvar después de una cirugía de criptorquidia;
(4) Líquido de hidrocele comunicante, y no hubo recurrencia ni secuelas durante más de un año después de la cirugía.
Artículo 13: Tiña corporal extensa, tiña de la cabeza, mal olor intenso en las axilas, tiña manuum, tiña pedis, onicomicosis, sarna, psoriasis, lupus eritematoso, esclerodermia, eczema crónico y urticaria, aquellos con enfermedades cutáneas infecciosas o incurables. como neurodermatitis, y aquellos con antecedentes de contacto cercano con pacientes con lepra infecciosa no son elegibles. Entre ellos, se califican la tiña cruris, la tiña versicolor, el acné vulgar, los sabañones, la neurodermatitis localizada con un diámetro inferior a 3 cm y el olor leve en las axilas (excepto submarinos y armaduras).
Artículo 14 No están calificadas las personas con sífilis, chancroide, linfogranuloma venéreo, uretritis no gonocócica, verrugas genitales, herpes genital, SIDA y portadores de virus.
Capítulo 3 Proyectos de Medicina Interna
Artículo 15: Presión arterial sistólica de 90 mmHg a 140 mmHg (12,00 kPa a 18,66 kPa), presión arterial diastólica inferior a 90 mmHg (12,00 kPa), frecuencia cardíaca 50 latidos por minuto A 100 veces, está calificado.
Artículo 16: No se califican el corazón orgánico combinado con hipertensión combinada con enfermedad vascular, soplo sistólico no fisiológico, arritmia y otras enfermedades cardiovasculares crónicas.
Artículo 17: No se califican las enfermedades respiratorias crónicas como bronquitis crónica, bronquiectasias, asma bronquial, tuberculosis, ampollas, neumotórax espontáneo, pleuresía tuberculosa y otras enfermedades respiratorias crónicas.
Artículo 18: Serán descalificados las enfermedades gastrointestinales crónicas graves, hígado, vesícula biliar, bazo, enfermedad pancreática, prolapso visceral, masa abdominal, anemia, desnutrición.
Se califican las siguientes condiciones:
(1) Posición supina, respirando tranquilamente, el hígado no excede los 0,5 cm por debajo del margen costal de la línea medioclavicular derecha, y no excede la apófisis xifoides.
¡Estos son los requisitos más básicos! ¡Ocúpate de ello tú mismo!