Estándares de límites microbiológicos para preparaciones posológicas tópicas
El límite microbiano estándar para preparados tópicos son los preparados que deben ser estériles según los principios generales de preparados, variedades y preparados etiquetados como estériles. Deben cumplir con lo establecido en la Ley de Inspección de Esterilidad. Para las preparaciones de administración oral, para las preparaciones que no contienen polvo medicinal crudo, el recuento de bacterias no debe exceder las 1000 ufc por 1 g. Para las preparaciones que contienen polvo medicinal crudo, el recuento de bacterias no debe exceder las 10 000 ufc por 1 g (las píldoras no deben exceder las 30 000 ufc). por 1 g). Para preparaciones tópicas. Las preparaciones tópicas utilizadas para cirugía, quemaduras o traumatismos graves deben cumplir con las disposiciones de la Ley de Inspección de Esterilidad. Para las preparaciones tópicas que contienen polvos medicinales crudos con epidermis o membranas mucosas incompletas, la cantidad de bacterias no debe. exceder 1000 ufc por 1 go 10 cm2, no más de 100 ufc por 1 ml. Para preparaciones tópicas que contengan polvos medicinales crudos con epidermis o membranas mucosas intactas, el número de bacterias por 1 g, 10 cm2 no deberá exceder las 10 000 ufc. Cada 1 ml no debe exceder las 100 ufc, etc.