Red de conocimientos sobre prescripción popular - Conocimiento de las drogas - ¿Cuáles son los requisitos para el examen físico de los funcionarios policiales especiales?

¿Cuáles son los requisitos para el examen físico de los funcionarios policiales especiales?

Informe de cirugía

Los primeros estándares de altura y peso

(1) La altura de los hombres generalmente no es inferior a 170 cm y el peso no es inferior a 50 kg la altura de las mujeres; generalmente no es inferior a 160 cm, el peso no es inferior a 45 kg (en algunas zonas del sur, con el consentimiento de los departamentos competentes de los departamentos (oficinas) de seguridad pública de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes de la Gobierno central, la altura de los hombres se puede reducir a 168 cm y el peso se puede reducir a 48 kg; la altura de las mujeres se puede reducir a 158 cm y el peso se puede ampliar a 43 kg).

(2) No se admitirán personas demasiado obesas o delgadas.

Juzga la obesidad o la delgadez según los siguientes métodos:

Una persona cuyo peso real excede el peso estándar en más del 25 % es obesa;

Una persona cuyo peso real es inferior al peso estándar, el 15% de las personas son demasiado delgadas.

Método de cálculo del peso estándar:

Peso estándar (kg) = altura (cm) 110

Método de cálculo del porcentaje superior e inferior del peso estándar:

[Peso real (kg) - Peso estándar (kg)] ÷Peso estándar (kg) × 100%

Artículo 2 Defectos traumáticos del cráneo, fracturas, depresiones del cráneo, cuerpos extraños intracraneales, cerebro No se permite el empleo a aquellos con secuelas de traumatismos, malformaciones cerebrales, antecedentes de cirugía craneocerebral e hipertensión intracraneal crónica.

Artículo 3: Aquellos con antecedentes de cirugía de órganos importantes de la cavidad toracoabdominal (excluidos aquellos que no hayan tenido secuelas durante más de seis meses después de la cirugía de apendicitis y más de un año después de una hernia inguinal o hernia femoral). cirugía) no pueden ser empleados.

Artículo 4: Los que padecen enfermedades o lesiones óseas, articulares, de la bolsa sinovial y de la vaina hinchada y sus secuelas, deformidades óseas y articulares, luxaciones habituales, enfermedades crónicas de la columna, deformidades del tórax, escoliosis, cifosis, aquellas con enfermedades crónicas. No se permite el uso de dolor lumbar y de piernas, enfermedad de Kashin-Beck, hipertrofia y disfunción de las articulaciones de los dedos de las manos (de los pies).

Artículo 5 Si la longitud de los miembros inferiores es desigual en más de 2 cm, la distancia entre los cóndilos mediales de la rodilla femoral en genu varum y la distancia entre el maléolo medial de la rodilla tibial en valgo excede los 7 cm, o la anomalía de la marcha está dentro del rango mencionado anteriormente, No se puede contratar.

Artículo 6: No se permite el uso de dedos de las manos (de los pies) que afecten su función y apariencia, pies planos con desaparición completa del arco plantar, durezas y callosidades que afecten la marcha de largas distancias y aquellos con grietas severas. ser empleado.

Artículo 7: No se podrán aceptar tumores malignos, tumores benignos, quistes, cicatrices y cicatrices en diversas partes del cuerpo que afecten el rostro o las funciones.

Artículo 8: No se aceptarán personas con rigidez de nuca, tortícolis que no puedan corregirse por sí solas, bocio simple de tercer grado o superior, tuberculosis ganglionar, etc.

Artículo 9: No se podrán admitir pacientes con vasculitis, aneurisma, varices severas de miembros inferiores y varicocele severo.

Artículo 10: No serán admitidos aquellos con enfermedades o lesiones del aparato genitourinario, tales como inflamación, tuberculosis, cálculos y sus secuelas, malformación o subdesarrollo de los órganos reproductores que afecten su función, criptorquidia, etc. empleado.

Dermatología

Artículo 11: Personas que padecen mal olor severo en las axilas, tiña de la cabeza, tiña de la cabeza, sarna, eccema crónico, urticaria crónica, neurodermatitis, vitíligo y psoriasis. Personas con antecedentes de No se permite el empleo en contacto cercano (convivencia con) pacientes con lepra infecciosa u otras enfermedades cutáneas infecciosas o incurables.

Artículo 12: No podrán ser contratados aquellos con nevos vasculares y nevos pigmentados que afecten el rostro, y aquellos con cicatrices evidentes, cicatrices, cantos pigmentados y otras contracturas cicatriciales de gran extensión en partes expuestas del cuerpo.

Artículo 14: No se permite la práctica de artistas tatuadores.

Neco

Artículo 15: Enfermedades orgánicas cardíacas y vasculares (cardiopatía reumática, cardiopatía congénita, miocardiopatía, enfermedad coronaria, etc.), electrocardiograma anormal, no pueden estar de servicio.

Artículo 16: No serán contratados aquellos cuya presión arterial supere el siguiente rango:

Presión arterial sistólica: 12,00-18,66 kPa (90-140 mmHg);

Presión arterial diastólica: 8,00-11,46 kPa (60-86 mm Hg).

Artículo 16 No podrán ser empleadas las personas con antecedentes de diversos tumores malignos.

Artículo 18: No se pueden admitir bronquitis crónica, asma bronquial, tuberculosis pulmonar de diversos tipos, tuberculosis extrapulmonar, pleuresía tuberculosa y otras enfermedades respiratorias crónicas.

Artículo 19: Las personas con atelectasias por diversas causas no podrán ser empleadas.

Artículo 20: No serán admitidos aquellos con úlceras gástricas y duodenales, gastroptosis severa (que exceda la línea de la cresta ilíaca anterosuperior), enfermedades del hígado, vesícula biliar, bazo y páncreas, disentería bacteriana, enteritis crónica y masas abdominales. aceptado.

Se pueden utilizar las siguientes situaciones:

(1) Decúbito supino, respirando tranquilamente, el hígado no se encuentra a más de 2 cm por debajo del margen costal de la línea medioclavicular derecha (no más de 3 cm por debajo de la apófisis xifoides), suave, liso, sin sensibilidad ni dolor punzante, el límite superior del hígado está dentro del rango normal, no hay anemia y el estado nutricional es bueno.

(2) Quienes padecieron el virus de la hepatitis A hace cinco años, no han recaído tras curarse y no presentan síntomas ni signos.

(3) Para aquellos que han sufrido malaria, esquistosomiasis, kala-azar o esplenomegalia en el pasado, el margen costal izquierdo no debe exceder los 65438 ± 0 cm, asintomáticos, sin anemia y en buen estado nutricional. el estado de esplenomegalia simple debe ser inferior a 3 cm, sin hiperesplenismo.

Artículo 21: Para las pruebas de función hepática y antígeno de superficie de la hepatitis B no se aceptarán personas que presenten alguna de las siguientes condiciones.

(1) La prueba enzimática de alanina aminotransferasa (A, L, T) es de 40 unidades o más.

(2) La prueba enzimática del antígeno de superficie de la hepatitis B (HBSAg) es positiva.

(3) Pacientes con diversas hepatitis crónicas y diversas enfermedades hepáticas.

Artículo 22: No se admitirán pacientes con nefritis aguda o crónica, riñón único, riñón poliquístico o insuficiencia renal.

Artículo 23: No podrán admitirse pacientes con tromboangeítis obliterante y enfermedad de Raynaud en diversos estadios.

Artículo 24: No se admitirán paperas crónicas y tumores mixtos de glándula parótida.

Artículo 25 Excepto la anemia simple por deficiencia de hierro y la hemoglobina superior a 9 g/dl para los hombres y superior a 8 g/dl para las mujeres, no se pueden emplear pacientes con otras enfermedades de la sangre.

Artículo 26: No se podrán admitir diversos tipos de enfermedades del sistema endocrino, metabólico y del tejido conectivo.

Artículo 27: No podrán emplearse quienes padezcan anquilostomiasis (acompañada de anemia), malaria crónica, esquistosomiasis, kala-azar, disentería amebiana y filariasis.

Artículo 28 No se empleará personal con antecedentes de epilepsia, psicosis, histeria, enuresis, síncope, sonambulismo, neurosis (mareos frecuentes, insomnio, pérdida manifiesta de memoria) y retraso mental.

Se pueden utilizar las siguientes situaciones:

(1) Trastorno mental de corta duración provocado por intoxicación alimentaria o farmacológica, sin secuelas tras la curación.

(2) No se ha producido enuresis desde los trece años.

Artículo 29: No podrán emplearse personas con enfermedades del sistema nervioso central y del sistema nervioso periférico y sus secuelas.

Departamento de Otorrinolaringología

Artículo 30: No serán empleados quienes tartamudeen o tengan la voz manifiestamente ronca.

Artículo 31: No podrán emplearse las personas que hayan perdido el sentido del olfato.

Artículo 32: No se contratarán las personas sordas; aquellas cuya audición por ambos lados sea menor de 4 metros; las que tengan audición normal de un lado y susurro menor de 3 metros del otro lado.

Artículo 33 No se permitirá trabajar al personal que sufra mareos, mareos graves o mareos.

Artículo 34: No serán admitidos aquellos con deformidad del oído, atresia del conducto auditivo externo, inflamación recurrente de la fístula preauricular, eccema del conducto auditivo y del conducto auditivo externo, ni otomicosis.

Artículo 35: No se admitirán pacientes con perforación de la membrana timpánica, otitis media supurada, mastoiditis y otras enfermedades incurables del oído.

Artículo 36: No se podrán emplear la deformidad nasal, la sinusitis crónica grave, la rinitis hipertrófica grave, la rinitis atrófica y otros pólipos nasales y enfermedades nasales crónicas que afecten la función nasal.

Artículo 37: No serán empleados quienes padezcan enfermedades de garganta que afecten la deglución y la pronunciación y sean de difícil curación.

Oftalmología

Artículo 38: No podrán ser empleados aquellos cuya visión binocular sea inferior a 5,0 y cuyo campo visual central y periférico sea de 30 grados.

Artículo 39: No serán empleados aquellos con visión anormal de los colores.

Artículo 40: No se permite el ingreso de párpados, márgenes palpebrales, conjuntiva, aparato lagrimal y otras enfermedades que afecten la función ocular.

Artículo 41: No se emplearán personas con proptosis, nistagmo, enfermedad de los músculos oculares o esotropía entre personas del mismo sexo superior a 15 grados.

Artículo 42: No podrán emplearse quienes presenten córnea, esclerótica, iris, enfermedades del cuerpo ciliar, deformación de la pupila o trastornos del movimiento.

Artículo 43: No se permite el ingreso de enfermedades de glaucoma, cristalino, vítreo, coroides y nervio óptico.

Estomatología

Artículo 44: La caries de tercer grado y la pérdida de dientes son más de dos, y más de tres no están juntas; enfermedades de las articulaciones de la mandíbula, enfermedades periodontales graves, enfermedades bucales que afecten; No se puede aceptar la función masticatoria.

Ginecología

Artículo 45: No se puede trabajar durante el embarazo.

Artículo 46: No se emplearán sangrados uterinos funcionales, tuberculosis genital, masas, enfermedad inflamatoria pélvica crónica y otras enfermedades ginecológicas, ni aquellas con resultado positivo en pruebas rápidas de gonorrea en secreciones vaginales.

Artículo 46 No se admitirán solicitantes con desarrollo anormal de genitales externos, prolapso uterino y tumores de mama.

Los funcionarios públicos, también conocidos como funcionarios públicos nacionales, son funcionarios públicos responsables de la gestión general del orden económico y social y de los recursos públicos nacionales, y de mantener la implementación de las leyes y regulaciones nacionales. En nuestro país, los funcionarios públicos se refieren a los miembros del personal que desempeñan funciones públicas de conformidad con la ley, están incluidos en el establecimiento administrativo nacional y cuyos salarios y beneficios corren a cargo de las finanzas del Estado. Según la naturaleza, características y necesidades de gestión de los puestos, los puestos de funcionarios públicos se dividen en de gestión integral, profesionales y técnicos y administrativos de aplicación de la ley. En el Consejo de Estado, de acuerdo con la Ley de Funcionarios Públicos de la República Popular China, si hay puestos especiales que requieren una gestión separada, se pueden agregar otras categorías de puestos. El Boletín Estadístico de Desarrollo de Recursos Humanos y Seguridad Social de 2015 publicado por el Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social el 30 de mayo mostró que a finales de 2015, había 7,167 millones de funcionarios en todo el país. [1]?.

La palabra "funcionario público" se traduce de la palabra japonesa "funcionario público". Antes de la Segunda Guerra Mundial, Japón era llamado "civil" y cambió su nombre a "civil" después de la guerra; a Francia se le llamaba directamente "civil"; a la República Federal de Alemania se le llamaba "funcionario federal" o "funcionario federal". En el mundo actual, muchos países desarrollados y algunos países en desarrollo han seguido el ejemplo del Reino Unido y los Estados Unidos y han establecido sus propios sistemas de servicio civil, llamando "funcionarios públicos" a quienes participan en actividades oficiales en el gobierno.