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Normas reguladoras de los cigarrillos electrónicos

Artículo 1: Con el fin de estandarizar la supervisión de calidad y la inspección puntual de los productos de cigarrillos electrónicos (en adelante, la supervisión e inspección puntual), de conformidad con la "Ley de Calidad de Productos de la República Popular de China y China" y "Monopolio del Tabaco de la República Popular China y China" Estas reglas detalladas se formulan de acuerdo con leyes, reglamentos, reglas y documentos normativos como la Ley, el Reglamento de Implementación de la Ley del Monopolio del Tabaco de la República Popular. de China y las Medidas para la Administración de Cigarrillos Electrónicos (Anuncio de la Administración Estatal del Monopolio del Tabaco No. 1 de 2022).

Artículo 2: El departamento administrativo del monopolio del tabaco llevará a cabo supervisión e inspecciones aleatorias de los productos de cigarrillos electrónicos, y se aplicarán estas reglas detalladas.

Artículo 3: El departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado es responsable de la gestión, orientación y coordinación generales de la supervisión y las inspecciones puntuales a nivel nacional, y organiza la implementación de la supervisión y las inspecciones puntuales a nivel nacional.

Los departamentos administrativos del monopolio del tabaco a nivel provincial son responsables de gestionar la supervisión y las inspecciones puntuales dentro de sus respectivas regiones administrativas y de organizar la implementación de la supervisión y las inspecciones puntuales dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Artículo 4: El departamento administrativo del monopolio del tabaco correrá con los costos de muestreo, compra, transporte, inspección, disposición y re-inspección de las muestras requeridas para la supervisión e inspección in situ.

Artículo 5: Las empresas de producción y los vendedores cooperarán con los controles aleatorios de supervisión, proporcionarán verazmente los materiales y la información necesarios para los controles aleatorios de supervisión y no obstruirán ni rechazarán los controles aleatorios de supervisión de ninguna manera.

Artículo 6: El departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones aleatorias determinará aleatoriamente los objetivos de productos para las inspecciones aleatorias. Un mismo departamento administrativo del monopolio del tabaco no realizará más de dos inspecciones de supervisión y aleatorias en productos de la misma marca y especificaciones producidos por el mismo fabricante de acuerdo con las mismas normas (en adelante, el mismo producto) en un plazo de seis meses.

Si las empresas de producción y los vendedores incluidos en la muestra pueden demostrar que el mismo producto ha sido inspeccionado aleatoriamente por el departamento administrativo superior del monopolio de tabaco dentro de los seis meses del muestreo, el departamento administrativo inferior del monopolio de tabaco no repetirá las inspecciones aleatorias.

Las disposiciones de los dos primeros párrafos no se aplican a los reexámenes de productos de calidad inferior descubiertos durante las inspecciones de supervisión y las inspecciones de supervisión realizadas en respuesta a emergencias o protección e informes de derechos de calidad relacionados.

Artículo 7: La supervisión y la inspección in situ implementarán un sistema de separación de inspecciones in situ. Excepto en el caso de la inspección in situ, el personal de muestreo no realizará el trabajo de inspección de sus productos muestreados.

Artículo 8: El departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones in situ divulgará los resultados de la supervisión y las inspecciones in situ de conformidad con las leyes, reglamentos y otras disposiciones pertinentes. Ninguna unidad o individuo podrá revelar los resultados de inspecciones aleatorias sin autorización.

Capítulo 2: Organización de la supervisión e inspecciones puntuales

Artículo 9: El departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones puntuales deberá formular planes de supervisión e inspección puntual y acuerdos de trabajo antes de la implementación. de inspecciones aleatorias.

El plan de inspección puntual de supervisión deberá incluir métodos de muestreo, elementos de inspección, métodos de inspección, reglas de juicio, etc., y deberá divulgarse al público antes del muestreo.

El acuerdo para el trabajo de supervisión e inspección in situ deberá incluir el alcance de los productos de inspección in situ, la división del trabajo, los requisitos de progreso, etc.

Artículo 10: La agencia de inspección y prueba de cigarrillos electrónicos (en adelante, la agencia de prueba) llevará a cabo trabajos de muestreo e inspección dentro del alcance de la encomienda para garantizar que el trabajo de muestreo e inspección y sus resultados sean objetivo, justo y verdadero, y no deberá tener las siguientes conductas:

(1) Informar a las empresas de producción y a los vendedores incluidos en la muestra sobre el contenido relevante de los acuerdos de trabajo de supervisión e inspección in situ de cualquier manera antes de implementar el muestreo;

(2) Subcontratar o subcontratar Garantizar tareas laborales;

(3) Emitir informes de inspección falsos;

(4) Firmar acuerdos de servicios pagos con fabricantes de cigarrillos electrónicos o aceptar muestreo durante el período de realización de trabajos de supervisión e inspección puntual. Inspección encargada del mismo producto por parte de fabricantes y vendedores;

(5) Utilizar los resultados de la supervisión y las inspecciones puntuales para llevar a cabo recomendaciones de productos y evaluaciones y emitir certificados de productos, placas, etc. de supervisión e inspección puntual;

( 6) Aprovechar la conveniencia de realizar trabajos relacionados con la supervisión y la inspección puntual para buscar beneficios ilegales o indebidos;

(7) Violar las regulaciones y cobrar a las empresas de producción y a los vendedores incluidos en la muestra por muestreo, inspección y otros gastos relacionados con la supervisión y la inspección in situ.

Capítulo 3: Muestreo

Artículo 11: Los lugares de muestreo generalmente son almacenes de logística de ventas de empresas mayoristas, puntos de venta minorista o almacenes de productos terminados de empresas de producción. El nuevo examen de productos no calificados descubiertos durante las inspecciones de supervisión y las inspecciones de supervisión realizadas en respuesta a emergencias u otros trabajos debe centrarse en el muestreo de las empresas de producción.

Artículo 12: Los lugares de muestreo y el personal de muestreo serán determinados aleatoriamente antes del muestreo por el departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza y supervisa las inspecciones puntuales. El personal de muestreo debe estar familiarizado con las leyes, reglamentos, documentos normativos, normas, etc.

Artículo 13: Al realizar el muestreo, el número de personal de muestreo no será inferior a dos, y el certificado de identidad y otra información relevante del personal de muestreo se presentará a la empresa de producción y al vendedor muestreados.

Artículo 14: El personal de muestreo realizará un muestreo aleatorio de acuerdo con el método de muestreo especificado en el plan de inspección puntual de supervisión, y las empresas de producción y los vendedores incluidos en la muestra no tomarán muestras por su cuenta. El precio de compra de muestras se basará en el precio del producto producido o vendido, de no existir precio, prevalecerá el precio de mercado de productos similares.

Si el personal de muestreo descubre que se sospecha que ha violado las regulaciones pertinentes sobre la gestión de cigarrillos electrónicos y tiene un impacto en el muestreo, o si obstaculiza, se niega o no coopera con el muestreo a través de precios de muestra obviamente irrazonables. , etc., el personal de muestreo registrará los hechos verazmente y suspenderá el muestreo e informará inmediatamente al departamento administrativo del monopolio de tabaco local y al departamento administrativo del monopolio de tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones aleatorias.

Artículo 15: El personal de muestreo deberá utilizar los documentos de muestreo prescritos para registrar la información del muestreo y tomar fotografías o videos del lugar de muestreo, el entorno de almacenamiento, la identificación de los productos muestreados, la cantidad del inventario, el proceso de muestreo, etc. .

Los documentos de muestreo deben ser firmados (sellados) por el personal de muestreo y las empresas de producción y vendedores muestreados. Si la empresa de producción o el vendedor incluidos en la muestra se niegan a firmar (sellar), el personal de muestreo indicará la situación en el documento de muestreo y podrá invitar a dos o más testigos si es necesario.

Si los documentos de muestreo realmente necesitan ser corregidos o complementados, la empresa de producción o el vendedor incluidos en la muestra deberán confirmar la corrección o el complemento mediante firma (sello) u otros medios.

Artículo 16: Las muestras se dividen en muestras de inspección y muestras de repuesto. El personal de muestreo debe tomar medidas efectivas para evitar la manipulación, sellar las muestras de inspección y las muestras de repuesto por separado y confirmarlas con las firmas (sellos) del personal de muestreo y de las empresas de producción y vendedores incluidos en la muestra.

Artículo 17: Las muestras muestreadas, los documentos de muestreo y los materiales relacionados serán transportados o enviados por el personal de muestreo a la agencia de pruebas responsable de la tarea de inspección dentro de los 5 días hábiles, y no serán recolectados por la persona muestreada. empresa de producción, Implementado por el vendedor. Durante el proceso de transporte o envío, se deben tomar medidas efectivas para garantizar que el proceso de transporte y almacenamiento de la muestra cumpla con las regulaciones pertinentes y que no se produzcan cambios que afecten la conclusión de la prueba.

Capítulo 4 Inspección

Artículo 18: Después de recibir la muestra, la agencia de pruebas verificará y registrará la apariencia, el estado y el sello de la muestra mediante la toma de fotografías o videos. sin daños u otras condiciones que puedan afectar la conclusión de la inspección, y verificar si la muestra es consistente con los registros en el documento de muestreo.

Para muestras con muestreo irregular, o si se descubre que el fabricante o vendedor de la muestra ha violado las regulaciones pertinentes sobre la gestión de cigarrillos electrónicos y tiene un impacto en la inspección, la agencia de pruebas debe registrar y registrar verazmente. finalizar la inspección e informar de inmediato a la organización para supervisión e inspección in situ Informe del departamento administrativo del monopolio del tabaco.

Artículo 19: El personal de inspección deberá realizar inspecciones de acuerdo con los elementos de inspección, métodos de inspección, reglas de juicio, etc. estipulados en el plan de inspección in situ de supervisión. Si durante la inspección se descubre que la inspección no se puede llevar a cabo debido a fallas en la muestra u otras razones, el personal de inspección deberá registrar y finalizar la inspección de manera veraz, proporcionar los materiales de respaldo relevantes y enviarlo al departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión. e inspecciones aleatorias.

Artículo 20: La agencia de pruebas debe garantizar que los datos de inspección sean precisos, las conclusiones sean claras y es responsable de los resultados de la inspección y los datos del proceso relacionados, resumir y analizar los resultados de la inspección para formar un trabajo. informe y presentarlo a la organización para su supervisión e inspección in situ dentro del tiempo especificado. El departamento administrativo del monopolio del tabaco.

Si la agencia de pruebas descubre productos de calidad inferior, deberá informar la situación al departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones aleatorias dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de conclusión de la inspección.

Artículo 21: El departamento administrativo del monopolio de tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones in situ deberá notificar por escrito al fabricante de productos no calificados dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de recepción del informe. Al mismo tiempo, después de la revisión por parte del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado, se publicará información relevante en la plataforma de gestión de transacciones de cigarrillos electrónicos.

Artículo 22: Si la supervisión y la inspección in situ determinan que los productos de calidad inferior causan daños graves a la salud y la seguridad de la vida, el departamento administrativo del monopolio del tabaco y la agencia de pruebas que organiza la supervisión y la inspección in situ lo manejarán inmediatamente de acuerdo con las regulaciones e informarlo al departamento administrativo del monopolio de tabaco del Consejo Estatal.

Capítulo 5: Manejo de Objeciones

Artículo 23: Si la empresa de producción o el vendedor muestreado tiene alguna objeción a la autenticidad de la muestra o al proceso de muestreo, la muestra será rechazada del fecha de finalización del muestreo, dentro de los 7 días hábiles, presentar una solicitud de manejo de objeciones por escrito al departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones aleatorias, y presentar los materiales pertinentes.

Si la empresa de producción incluida en la muestra tiene objeciones a la conclusión de la inspección, deberá presentar una objeción por escrito al departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión y la inspección in situ dentro de los 7 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la notificación por escrito. de los productos no calificados Procesar y revisar las solicitudes y presentar los materiales pertinentes.

Si no presenta la solicitud dentro del plazo, el resultado se considerará aprobado.

Artículo 24: Si hay alguna objeción a la autenticidad de la muestra o al proceso de muestreo, el departamento administrativo del monopolio de tabaco que organiza la supervisión y la inspección in situ organizará la objeción será procesada y la conclusión del procesamiento. será notificado por escrito al fabricante y vendedor que realizó la solicitud.

Si hay alguna objeción a la conclusión de la inspección y se presenta una solicitud de nueva inspección y se exponen los motivos, el departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión y la inspección in situ presentará la solicitud al solicitante. dentro de los 5 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud de reinspección. El fabricante que solicitó la reinspección deberá emitir una notificación por escrito de aceptación o rechazo. Si se requiere una nueva inspección y se cumplen las condiciones de inspección, se deberá organizar una nueva inspección.

Artículo 25: Una empresa manufacturera que presente una solicitud de reinspección deberá pasar por los procedimientos de reinspección dentro de los 7 días hábiles a partir de la fecha de recepción del aviso de aceptación del departamento administrativo del monopolio de tabaco que organiza. supervisión e inspecciones aleatorias; si se procesa, se considerará que renuncia a la reinspección;

Artículo 26: El departamento administrativo del monopolio tabacalera que organiza la supervisión y las inspecciones puntuales determinará el organismo de reinspección dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de emisión del aviso de aceptación, siguiendo el principio de conveniencia y eficiencia. La agencia de reinspección y la agencia de inspección inicial no serán la misma agencia.

Artículo 27: La agencia de inspección inicial entregará las muestras de repuesto a la agencia de reinspección dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha en que se determine la agencia de reinspección. Si la transferencia no puede realizarse a tiempo por razones objetivas, el departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones aleatorias podrá acordar una extensión de la transferencia por 3 días hábiles. La agencia de reinspección deberá verificar y registrar la apariencia y el estado de las muestras de repuesto, si los sellos están dañados y otras circunstancias que puedan afectar la conclusión de la inspección tomando fotografías o videos, y verificará si las muestras de respaldo son consistentes con los registros. en los documentos de muestreo.

Artículo 28: La agencia de reinspección deberá, dentro de los 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la muestra de repuesto, realizar inspecciones relacionadas con las objeciones de acuerdo con los métodos de inspección, reglas de juicio, etc. especificados en El plan de inspección in situ de supervisión se volverá a inspeccionar el proyecto y las conclusiones de la reinspección se informarán al departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza y supervisa las inspecciones aleatorias. Si el departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones in situ y la agencia de reinspección tienen cualquier otro acuerdo sobre el límite de tiempo, prevalecerá el acuerdo. La conclusión de la reinspección será la conclusión de la inspección final.

Artículo 29: Si la conclusión de la reinspección es consistente con la conclusión de la inspección inicial, la tarifa de la reinspección correrá a cargo de la empresa de producción que presentó la solicitud de reinspección si la conclusión de la reinspección; es incompatible con la conclusión de la inspección inicial, la tarifa de reinspección será supervisada por la organización para la inspección aleatoria. El departamento administrativo del monopolio del tabaco será responsable de esto.

Artículo 30: El departamento administrativo del monopolio de tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones aleatorias deberá, dentro de los 5 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la conclusión de la reinspección, notificar a la empresa fabricante que presentó la solicitud de reinspección. por escrito de la conclusión de la reinspección. Si la conclusión de la reinspección es calificada, la información de calificación de la reinspección se publicará en la plataforma de gestión de transacciones de cigarrillos electrónicos después de la revisión por parte del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado.

Capítulo 6: Procesamiento de resultados

Artículo 31: El departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones in situ resumirá y analizará los resultados de la supervisión y las inspecciones in situ de conformidad con la ley. El departamento administrativo provincial del monopolio del tabaco presentará sin demora los resultados de la supervisión y las inspecciones aleatorias al departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado.

Artículo 32: El departamento administrativo del monopolio de tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones in situ será responsable de manejar los resultados de la supervisión y las inspecciones in situ.

Si se determina que los resultados de la inspección de la supervisión y la inspección in situ son productos no calificados, después de la revisión por parte del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado, el comercio del mismo producto se detendrá inmediatamente en el sitio electrónico. Plataforma de gestión del comercio de cigarrillos.

Artículo 33: Si la conclusión de la inspección es que el producto no está calificado, el fabricante y el vendedor deberán dejar inmediatamente de producir y vender el mismo producto.

Artículo 34: Las empresas que fabrican productos no calificados deben retirar inmediatamente los productos no calificados después de recibir los resultados de las inspecciones puntuales de supervisión. El retiro del mercado y las pérdidas relacionadas sufridas por los vendedores correrán a cargo del fabricante de los productos no calificados.

Artículo 35: Las empresas que produzcan productos no calificados deberán hacer correcciones a los productos no calificados dentro de los 60 días a partir de la fecha de recepción de los resultados de la inspección puntual de supervisión y presentar una comunicación por escrito al departamento administrativo del monopolio del tabaco que organizó la supervisión. Inspección puntual. Revisión de la solicitud.

Si el logotipo o las instrucciones del producto no cumplen con los requisitos, el fabricante de productos no calificados deberá, después de tomar medidas correctivas y garantizar la calidad y seguridad del producto, presentar un informe escrito al departamento administrativo del monopolio del tabaco. que organiza la supervisión y las inspecciones aleatorias después de que el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado revise y cumpla las circunstancias pertinentes, se puede reanudar el comercio del mismo producto en la plataforma de gestión del comercio de cigarrillos electrónicos, y los fabricantes y vendedores pueden reanudar la producción y ventas del mismo producto.

Artículo 36: El departamento administrativo del monopolio de tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones puntuales deberá, con base en la solicitud de reinspección, organizar las correcciones de acuerdo con el plan de supervisión e inspección puntual dentro de los 75 días siguientes a la fecha en que el no calificado La empresa fabricante del producto recibe los resultados de la inspección puntual de supervisión. Los productos posteriores serán reinspeccionados y los resultados se notificarán por escrito al fabricante que solicitó la reinspección.

Las muestras requeridas para la reinspección serán proporcionadas de forma gratuita por la empresa fabricante que solicita la reinspección. Además de proporcionar las muestras necesarias para un nuevo examen, la empresa fabricante que presentó la solicitud de nueva inspección no deberá reanudar la producción del mismo producto antes de pasar la nueva inspección organizada por el departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones aleatorias.

Si la empresa fabricante que presenta la solicitud de revisión tiene alguna objeción al resultado de la revisión, se manejará de acuerdo con las disposiciones pertinentes sobre el manejo de objeciones mencionadas anteriormente.

Artículo 37: El departamento administrativo del monopolio del tabaco que organiza la supervisión y las inspecciones aleatorias divulgará y presentará con prontitud los resultados de la revisión al departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado de conformidad con la ley. Si se aprueba el reexamen, después de la revisión por parte del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado, el mismo producto se puede reanudar en la plataforma de gestión del comercio de cigarrillos electrónicos, y el fabricante y el vendedor pueden reanudar la producción y venta del mismo producto. .

Artículo 38: Si un solicitante no presenta su solicitud dentro del plazo o expresa expresamente su intención de no solicitar un nuevo examen o aún no está calificado después del nuevo examen, la transacción se cancelará en la plataforma de gestión de comercio de cigarrillos electrónicos. después de la revisión por parte del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado. Mismo producto.

Artículo 39: El que obstruya, se niegue o no coopere con la supervisión y las inspecciones aleatorias realizadas de conformidad con la ley, o reanude la producción y venta del mismo producto sin pasar la reinspección organizada por la Tabacalera. departamento administrativo del monopolio que organiza la supervisión y las inspecciones aleatorias, El departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado debe suspender las transacciones en la plataforma de gestión del comercio de cigarrillos electrónicos de los fabricantes y vendedores relevantes.

Artículo 40: Durante la supervisión e inspecciones puntuales, si se descubre que un producto contiene sustancias agregadas ilegalmente u otras violaciones graves de las leyes y regulaciones nacionales relacionadas con la calidad del producto, se tratará de acuerdo con las leyes, reglamentos y otras disposiciones pertinentes.

Artículo 41: Los departamentos administrativos del monopolio del tabaco incorporarán información sobre fallas, obstrucciones, negativas o falta de cooperación del producto con la supervisión e inspecciones aleatorias en el sistema de gestión de crédito de las entidades del mercado de cigarrillos electrónicos de conformidad con la ley.