El hombre ha tenido una cirugía de tumor cerebral, ¿puedo solicitarle un certificado de divorcio?
Si el hombre ha sido operado de un tumor cerebral, se debe analizar en detalle si la mujer puede divorciarse del hombre. Si la relación entre las dos partes realmente se rompe o existen otras condiciones para el divorcio, se puede solicitar el divorcio; de lo contrario, no se puede solicitar el divorcio; El divorcio se puede realizar mediante acuerdo o puede solicitar el divorcio ante el tribunal.
"Ley de Matrimonio"
Artículo 31: Se concederá el divorcio si tanto el hombre como la mujer se divorcian voluntariamente. Ambas partes deben solicitar el divorcio en la oficina de registro de matrimonios. La agencia de registro de matrimonios expedirá un certificado de divorcio cuando se determine que ambas partes son efectivamente voluntarias y que las cuestiones relativas a los hijos y los bienes se han tratado adecuadamente.
Artículo 32: Si un hombre o una mujer solicita el divorcio, los departamentos pertinentes podrán realizar una mediación o presentar directamente una demanda de divorcio ante el Tribunal Popular.
Al conocer un caso de divorcio, el tribunal popular debe llevar a cabo una mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación no es válida, se debe conceder el divorcio.
Si la mediación fracasa por alguna de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio:
(1) Bigamia o cónyuge que convive con otra persona;
(2 ) ) que comete violencia doméstica o abusa o abandona a miembros de su familia;
(3) que tiene malos hábitos como el juego y el abuso de drogas y se niega a cambiar a pesar de las repetidas advertencias;
(4 ) que haya estado separado por más de dos años por discordia afectiva;
(5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación entre marido y mujer.
Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra solicita el divorcio, se concederá el divorcio.
Artículo 33: Si el cónyuge de un militar en servicio activo solicita el divorcio, el militar deberá obtener el consentimiento del militar, salvo que uno de los militares tenga falta grave.
Artículo 34: El hombre no podrá solicitar el divorcio mientras la mujer esté embarazada, ni dentro de un año después del parto, ni dentro de los seis meses siguientes a la interrupción del embarazo. Esto no se aplica si la mujer solicita el divorcio o si el tribunal popular considera necesario aceptar la solicitud de divorcio del hombre.