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Medidas para la Supervisión y Gestión de Medición de Anteojos (Revisada en 2020)

Artículo 1 Con el fin de fortalecer la supervisión y gestión de la medición de gafas, estandarizar el comportamiento de la medición de gafas y proteger la salud y la seguridad personal de los consumidores, estas Medidas se formulan de acuerdo con la "Ley de Medición de la República Popular China" y las competencias asignadas a la Administración Estatal de Regulación del Mercado por el Consejo de Estado. Artículo 2 Quienes se dediquen a la fabricación de gafas, actividades de medición de gafas y la supervisión y gestión de mediciones relacionadas dentro del territorio de la República Popular China deben cumplir con estas Medidas.

El término "fabricación de gafas", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a las actividades comerciales de unidades o individuos dedicados a la producción y venta de lentes para gafas, lentes de contacto y gafas terminadas, así como optometría, personalizadas. gafas y uso de lentes de contacto.

El término "gafas terminadas", tal como se menciona en estas Medidas, incluye gafas y gafas de sol.

El término "optometría óptica", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a la actividad de utilizar equipos de optometría y otros instrumentos de medición y prueba para medir, analizar y emitir datos relevantes sobre el estado refractivo de los ojos de los consumidores. Artículo 3 La Administración Estatal de Regulación del Mercado implementa una supervisión y gestión unificadas de la producción, circulación y medición de vidrio en todo el país.

Los departamentos de gestión y supervisión del mercado local a nivel de condado o superior supervisarán y gestionarán la producción y preparación de vasos dentro de sus respectivas regiones administrativas. Artículo 4 Los fabricantes de gafas deberán cumplir con las siguientes regulaciones:

(1) Cumplir con las leyes, reglamentos y normas metrológicas, formular sistemas de gestión metrológica y protección de los derechos del consumidor, mejorar el sistema de garantía metrológica y aceptar la supervisión del mercado y autoridades de gestión de conformidad con la ley.

(2) Equipar a gerentes de medición a tiempo completo (a tiempo parcial) y técnicos profesionales que hayan sido capacitados en conocimientos comerciales de medición para que sean responsables de la medición de gafas.

(3) Los instrumentos de medición que utilizan verificación obligatoria deben registrarse de acuerdo con las regulaciones, informarse al departamento local de supervisión y gestión del mercado a nivel del condado para su registro y solicitar una verificación periódica a la medición y verificación designadas. agencia. Si la verificación local no es posible, debe solicitar la verificación periódica a la institución de verificación metrológica designada por el departamento superior de supervisión y administración del mercado.

(4) No se deben utilizar instrumentos de medición que no hayan sido calibrados, hayan excedido el período de calibración o hayan fallado la calibración.

(5) No se utilizarán unidades de medida ilegales en violación de las regulaciones.

(6) Al solicitar la calibración de instrumentos de medición, las tarifas deben pagarse de acuerdo con los artículos y estándares de cobro aprobados por el departamento de precios. Artículo 5 Además de cumplir con las disposiciones del artículo 4 de estas Medidas, los fabricantes de lentes para gafas, lentes de contacto y gafas terminadas también deberán cumplir con las siguientes disposiciones:

(1) Estar equipados con dispositivos de medición y medición Equipos adecuados para la producción. Equipos de prueba, como enfoque de vértice, transmitancia, espesor, etc.

(2) Garantizar la precisión y confiabilidad de los datos de medición de los productos oculares. Artículo 6 Los operadores comerciales que vendan lentes para gafas, lentes de contacto y anteojos terminados, así como que se dediquen a la optometría, la prescripción y el uso de lentes de contacto, no solo cumplirán con las disposiciones del artículo 4 de estas Medidas, sino que también cumplirán con las siguientes disposiciones. :

(1) Establecer y mejorar el sistema de medición, inspección y aceptación de mercancías importadas y exportadas.

(2) Equipado con equipos de medición y prueba como optometría, distancia interpupilar, potencia de vértice, transmitancia y espesor, adecuados para ventas y operaciones comerciales.

(3) Los operadores que usan lentes de contacto también deben estar equipados con equipos de prueba y medición oftálmica adecuados para su negocio.

(4) Garantizar la precisión y fiabilidad de los datos de medición de los productos oculares. Artículo 7 Los departamentos de supervisión y gestión del mercado en todos los niveles deberán cumplir con las siguientes disposiciones al implementar la supervisión y gestión de metrología:

(1) Promover leyes, reglamentos y normas de metrología e instar a los fabricantes de gafas a cumplir con las leyes de metrología. , regulaciones y disposiciones pertinentes, hacen un buen trabajo en la supervisión y gestión de mediciones de gafas.

(2) Supervisar y gestionar los instrumentos de medida utilizados en la fabricación, distribución y actividades de medida conexas de vidrios, e investigar y sancionar las actividades de medida ilegales.

(3) Orientar a las empresas fabricantes de gafas para mejorar su sistema de aseguramiento de mediciones.

(4) Aceptar quejas de medición, mediar en disputas de medición y organizar la verificación del arbitraje. Artículo 8 Al realizar la verificación metrológica, las instituciones de verificación metrológica y el personal de verificación metrológica deberán cumplir con las siguientes disposiciones:

(1) Completar la verificación de acuerdo con las normas de verificación metrológica y emitir un certificado de verificación.

(2) Para realizar los trabajos de verificación de mediciones no se han utilizado patrones de medición que no hayan sido verificados o hayan caducado.

(3) No se asignará personal incompetente para realizar trabajos de verificación metrológica.

(4) No se permite ajustar el ciclo de calibración sin autorización.

(5) No se permite la falsificación de datos.

(6) Los cargos no excederán el estándar. Artículo 9 Quien fabrique gafas en violación de las disposiciones pertinentes del artículo 4 de estas Medidas será sancionado de conformidad con las siguientes disposiciones:

(1) Utilizar instrumentos de medida sujetos a verificación obligatoria, no solicitar verificación de acuerdo con las regulaciones o continuar usándolos más allá del período de verificación, se le ordenará que deje de usarlo y puede recibir una multa de 1000 yuanes si usa un instrumento de medición que está calibrado obligatoriamente y continúa usándolo después de la verificación, se le ordenará; dejar de usarlo y recibir una multa de hasta 2.000 yuanes si utiliza un instrumento de medición que no está calibrado obligatoriamente y no cumple con las normas. Se realizan inspecciones periódicas y si el equipo continúa utilizándose después de la inspección, se ordenará; dejar de usarlo y se le puede imponer una multa de 1.000 yuanes.

(2) Cualquiera que utilice unidades de medida ilegales deberá realizar correcciones. Artículo 10 Cualquier empresa que produzca lentes para gafas, lentes de contacto o anteojos terminados que viole las disposiciones pertinentes del artículo 5 de estas Medidas será sancionada de conformidad con las siguientes disposiciones:

(1) Violación del artículo 5 , Punto (1) de estas Medidas Si se especifica, se le ordenará hacer correcciones y se le podrá imponer una multa de no menos de 65.438 yuanes pero no más de 65.438 yuanes pero no más de 00.000 yuanes.

(2) Quienes infrinjan lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 5 de estas Medidas serán condenados a realizar correcciones. Si se causan pérdidas a los consumidores, se les ordenará compensar las pérdidas y podrán ser sancionados. multada con no más de 2.000 yuanes.