¿Qué pasa con las instituciones privadas de evaluación forense?
Las instituciones de evaluación forense no son empresas privadas para garantizar la objetividad y la equidad del sistema de evaluación judicial, generalmente son establecidas por instituciones públicas establecidas por el estado, como universidades e investigaciones científicas. unidades, hospitales públicos, etc. como entidades matrices. Una persona jurídica independiente establece una institución de evaluación judicial, y su organismo matriz asumirá las responsabilidades legales correspondientes de conformidad con la ley. Objeto legal:
Artículo 2 de los “Principios Generales de los Procedimientos de Autenticación Forense”
La valoración forense se refiere al uso de la ciencia y la tecnología o conocimientos especializados en actividades de litigio para identificar y evaluar a personas especializadas. cuestiones involucradas en litigios. La actividad de juzgar y emitir opiniones de tasación. Los procedimientos de tasación forense se refieren al término general para los métodos, pasos y reglas relevantes utilizados por las instituciones de tasación forense y los expertos en tasación forense para realizar actividades de tasación forense.
Artículo 4
Al realizar actividades de identificación forense, las instituciones de identificación forense y los expertos en identificación forense deberán respetar las leyes, reglamentos y normas, respetar la ética profesional y las disciplinas profesionales, respetar la ciencia y Respetar las especificaciones técnicas de funcionamiento.