La supervisión y gestión de la calidad y circulación de las vacunas se rige por
Base legal: Artículo 11 del “Reglamento para la Administración de Circulación y Vacunación de Vacunas” Los organismos provinciales de prevención y control de enfermedades formularán reglamentos para la región con base en el plan nacional de inmunización y las necesidades de prevención y control. la aparición y prevalencia de enfermedades infecciosas en la región. El plan de uso de las vacunas de la Categoría 1 (en adelante, el plan de uso) se informará al departamento responsable de la compra de las vacunas de la Categoría 1 de conformidad con las reglamentaciones nacionales pertinentes, y también se informará. reportado a la autoridad sanitaria del gobierno popular del mismo nivel para su registro. El plan de uso debe incluir la variedad, cantidad, canales de suministro y métodos de suministro de la vacuna.
Artículo 18 Los fabricantes de vacunas establecerán registros de ventas verdaderos y completos de acuerdo con la "Ley de Administración de Medicamentos" y las disposiciones del Departamento de Administración y Supervisión de Medicamentos del Consejo de Estado, y mantendrán registros para su revisión más allá de la validez. Período de la vacuna durante 2 años. Las instituciones de prevención y control de enfermedades deben, de acuerdo con las regulaciones del departamento de salud del Consejo de Estado, establecer registros verdaderos y completos de compra, almacenamiento, emisión y suministro, garantizar que las facturas, cuentas, bienes y pagos sean consistentes, y guárdelos como referencia durante más de 2 años después del período de validez de la vacuna. Cuando las instituciones de prevención y control de enfermedades reciban o compren vacunas, deberán solicitar registros de control de temperatura para todo el proceso de almacenamiento y transporte de vacunas, si no pueden proporcionar registros de control de temperatura para todo el proceso o el control de temperatura no cumple con los requisitos; no aceptará ni adquirirá la vacuna, debiendo informarlo inmediatamente al departamento de regulación de medicamentos e Informe de las autoridades sanitarias.