La composición de este delito. (1) Elementos del objeto. El objeto de este delito son los elementos objetivos del sistema nacional de gestión de estupefacientes y psicotrópicos (2). Este delito se manifiesta objetivamente en la violación de las regulaciones estatales al proporcionar estupefacientes y psicotrópicos que pueden convertir a las personas en adictas a las drogas controladas por el estado. Si el autor proporciona intencionalmente drogas a contrabandistas, narcotraficantes y otros delincuentes relacionados con las drogas, este delito no constituye este delito y debe ser castigado como contrabando, narcotráfico u otros delitos relacionados con las drogas. En cuanto a si el drogadicto ha ingerido o inyectado las drogas proporcionadas por el autor, y si se vuelve adicto después de inhalarlas o inyectarlas, no afecta la condena por este delito. El acto del perpetrador de suministrar drogas debe ser para aprovechar la conveniencia de su puesto o trabajo, es decir, utilizar la conveniencia de su puesto o trabajo para producir, transportar, operar y usar las drogas antes mencionadas. Por ejemplo, un médico o farmacéutico se aprovecha de su cargo para suministrar ilegalmente drogas a drogadictos suministrando estupefacientes o psicotrópicos. Si el perpetrador no aprovecha la conveniencia de su posición, como un médico que aprovecha su familiaridad con el almacén de drogas para robar drogas del almacén en medio de la noche, o proporciona drogas que posee ilegalmente, tales como drogas ancestrales, donaciones u otros medios ilícitos a drogadictos, no constituye este delito. Si constituye delito, será reprimido con posesión ilegal de drogas y otros delitos. El perpetrador aprovecha su posición para proporcionar la droga, lo que puede ocurrir durante la producción, transporte, operación y uso de las drogas antes mencionadas de acuerdo con la ley, o puede ser retenida por adelantado y entregada después de lo anterior. Se completa el trabajo mencionado. El autor debe proporcionar a los consumidores de drogas estupefacientes o psicotrópicos de forma gratuita. Prestación remunerada, que incluye transacciones monetarias, intercambio de bienes o drogas por otros servicios, pago de deudas, etc. La prestación ilegal que no entra dentro de este delito es en realidad el acto de vender drogas. (3) Elementos principales. El sujeto de este delito es un sujeto especial, es decir, las personas y unidades que se dedican a la producción, transporte, operación y uso de estupefacientes y sustancias psicotrópicas controladas por el Estado de conformidad con la ley. Las unidades también pueden ser objeto de este delito, incluidos los departamentos de fabricación y ventas, transporte, gestión, enseñanza e investigación, médico y otros. (4) Factores subjetivos. Subjetivamente, este delito sólo puede ser intencional, lo que requiere que el perpetrador tenga los siguientes tres aspectos de comprensión: 1. Saber que el objetivo de la oferta de drogas son las personas que consumen o se inyectan drogas. 2. Saber que la otra persona lo está utilizando para fumar o inyectarse. 3. Sepa que está suministrando drogas. Si un autor suministra medicamentos a otros por negligencia, causando consecuencias graves, será penalmente responsable del delito de negligencia médica.
Base Legal
Derecho Penal de la República Popular China
Artículo 355 Viola las regulaciones estatales y produce, transporta, opera y utiliza anestésicos controlados por el estado en de conformidad con la ley Drogas y psicofármacos El que proporcione estupefacientes y psicofármacos prescritos por el Estado a personas que fumen o se inyecten drogas adictivas será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva. multado si las circunstancias son graves, se le impondrá pena de prisión no menor de tres años y multa. El que suministre estupefacientes y psicotrópicos adictivos controlados por el Estado a delincuentes que contrabanden o vendan drogas o a personas que tomen o se inyecten drogas con fines de lucro, será condenado y sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 347 de esta Ley.
Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.