¿Es el acné una enfermedad de la piel que afecta al rostro y es difícil de curar?
Artículo 1: Cardiopatías reumáticas, miocardiopatías, enfermedades coronarias, cardiopatías congénitas, enfermedad de Keshan y otras cardiopatías estructurales.
, incondicional. Son elegibles aquellos con enfermedades cardíacas congénitas que no requieren cirugía o se curan con cirugía.
En caso de una de las siguientes situaciones, se descartan y califican cambios razonables en la enfermedad cardíaca: (1) Soplo fisiológico durante la auscultación cardíaca.
(2) Cada menos de 6; contracciones por minuto (control estricto para aquellos con antecedentes de miocarditis);
(3) Frecuencia cardíaca 50-60 latidos por minuto o 100-1100 latidos por minuto;
(4 ) Electrocardiograma Otras circunstancias inusuales.
La segunda presión arterial se califica dentro del siguiente rango:
Presión arterial sistólica 90 mmHg-140 mmHg (12,00-18,66 kPa);
Presión arterial diastólica 60 mmHg -90 mmHg (8,00-12,00 kPa).
Artículo 3: Enfermedad de la sangre, sin calificar. En la anemia simple por deficiencia de hierro, la hemoglobina es superior a 90 g/l en los hombres y superior a 90 g/l en las mujeres.
80g/L, calificado.
Artículo 4: La tuberculosis no está calificada. Sin embargo, las siguientes condiciones son elegibles:
(1) Tuberculosis primaria, tuberculosis secundaria, pleuresía tuberculosa, estable durante 65,438±0 años después de la curación clínica.
Humano;
(2) Tuberculosis extrapulmonar: tuberculosis renal, tuberculosis ósea, tuberculosis peritoneal, tuberculosis ganglionar, etc. , lleva 2 años curado.
Recurrencia, sin cambios tras exploración en hospital especializado.
Artículo 5: Se descalifican las bronquitis crónica acompañada de enfisema obstructivo, bronquiectasias y asma bronquial.
Artículo 6: Enfermedad gastrointestinal crónica grave, descalificado. La úlcera gástrica o duodenal ha sanado y no ha habido úlcera durante 1 año.
Se califican aquellos que tienen antecedentes de enfermedad de la sangre y han estado asintomáticos durante más de 1 año;
Hepatitis aguda y crónica categoría 7, no calificada.
Artículo 8: Son incalificados los diversos tipos de tumores malignos y la cirrosis hepática. Los portadores del patógeno de la hepatitis B que hayan sido sometidos a pruebas para descartar hepatitis están calificados.
Artículo 9: No se califican la nefritis aguda y crónica, la pielonefritis crónica, la poliquistosis renal y la insuficiencia renal.
Artículo 10: No se califican enfermedades del sistema endocrino como diabetes, diabetes insípida, acromegalia, etc. Hipertiroidismo
Se califican aquellos que no presentan síntomas ni signos 1 año después de la curación.
Artículo 11: Epilepsia, psicosis, histeria, sonambulismo, neurosis severa (dolor de cabeza constante.
Dolor, mareos, insomnio, pérdida de memoria, etc.), Abuso y dependencia de sustancias psicoactivas, no cualificado.
Artículo 12 Lupus eritematoso, dermatomiositis y/o polimiositis, esclerodermia, poliarteritis nodosa y artritis reumatoide
Artritis difusa como Enfermedad del tejido conectivo sexual, Arteritis de Takayasu, sin calificar.
Artículo 13: Se descalifican la esquistosomiasis tardía y la filariasis tardía acompañada de hinchazón gomosa o quiluria.
Artículo 14: Se descalifican los defectos del cráneo, los cuerpos extraños intracraneales, las malformaciones cerebrales y el síndrome postraumático.
Artículo 15: Osteomielitis crónica grave, descalificado.
Bocio simple de decimosexto grado, no calificado.
Artículo 17: No se califican cálculos biliares ni cálculos obstructivos del tracto urinario.
Artículo 18 Gonorrea, sífilis, chancroide, linfogranuloma venéreo, condiloma acuminado, herpes genital, moxa.
Enfermos y no calificados.
Artículo 19: Enfermedad ocular con agudeza visual corregida inferior a 0,8 en ambos ojos (agudeza visual logarítmica estándar 4,9) o discapacidad visual importante.
, incondicional.
Artículo 20: Deficiencia auditiva en ambos oídos. Cuando usa un audífono, sus oídos no pueden escuchar palabras suaves en un radio de 3 metros.
, incondicional.
Artículo 21: Se descalifican otras enfermedades graves que no estén incluidas en las normas de examen físico y afecten el normal desempeño de sus funciones.