¿Qué debo hacer si mi unidad reporta una lesión relacionada con el trabajo y trabajo de horas extras?
Reglamento del Seguro de Accidentes de Trabajo
Artículo 17 Si un trabajador resulta lesionado por accidente o es diagnosticado o identificado como enfermedad profesional de acuerdo con lo establecido en la Ley de Prevención y Control de Enfermedades Profesionales, la unidad donde labore deberá iniciar desde la fecha de la lesión accidental o, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de ser diagnosticada o identificada como enfermedad profesional, solicitar el reconocimiento de lesión relacionada con el trabajo ante la autoridad competente. coordinación del departamento administrativo regional del seguro social. En circunstancias especiales, con el consentimiento del departamento administrativo de la seguridad social, el plazo de solicitud podrá ampliarse adecuadamente.
Si el empleador no solicita el reconocimiento de lesiones relacionadas con el trabajo de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, el trabajador lesionado o sus familiares directos o el sindicato podrán presentar directamente una queja ante el empleador dentro del plazo de 1 año a partir de la fecha de la lesión por accidente o de la fecha del diagnóstico y valoración de la enfermedad profesional Coordinar con la dirección administrativa regional de trabajo y seguridad social para solicitar el reconocimiento de lesiones relacionadas con el trabajo.
De acuerdo con el primer párrafo de este artículo, los asuntos que deban ser determinados por el departamento administrativo provincial del seguro social serán tratados por el departamento administrativo municipal del seguro social con los distritos donde esté ubicado el empleador de acuerdo con la jurisdicción territorial. principio.
Si el empleador no presenta una solicitud de identificación de lesiones relacionadas con el trabajo dentro del plazo especificado en el párrafo 1 de este artículo, las prestaciones por lesiones relacionadas con el trabajo y otros gastos relacionados que cumplan con las disposiciones de estos reglamentariamente durante este período correrán a cargo del empleador.
Ley de Responsabilidad Extracontractual
Artículo 16. Indemnización por daños personales: Si una persona agrede a otra y causa daños personales, deberá ser compensada por los gastos razonables de tratamiento y rehabilitación tales como gastos médicos, gastos de enfermería, gastos de transporte, etc., así como por la pérdida de ingresos por ausencia del trabajo. Si se produce una discapacidad, la persona discapacitada también debe ser compensada con ayudas para la vida y una compensación por discapacidad. Si se produce la muerte, también se deben pagar los gastos funerarios y la indemnización por fallecimiento.