Red de conocimientos sobre prescripción popular - Conocimiento de perdida de peso - Aviso de la Administración Estatal de Calidad y Supervisión Técnica sobre la emisión de las "Medidas de Gestión para la Inspección de Arbitraje de Calidad del Producto y Evaluación de la Calidad del Producto"

Aviso de la Administración Estatal de Calidad y Supervisión Técnica sobre la emisión de las "Medidas de Gestión para la Inspección de Arbitraje de Calidad del Producto y Evaluación de la Calidad del Producto"

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Para fortalecer la gestión del trabajo de inspección de arbitraje de calidad del producto y el trabajo de evaluación de la calidad del producto, determinar correctamente el estado de la calidad del producto, manejar las disputas sobre la calidad del producto y proteger los derechos e intereses legítimos de partes, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales y las responsabilidades asignadas por el Consejo de Estado al departamento de calidad y supervisión técnica para formular estas Medidas. Artículo 2 La inspección de arbitraje de calidad del producto y la evaluación de la calidad del producto son formas importantes de determinar el estado de la calidad del producto al manejar disputas sobre la calidad del producto. Artículo 3 La inspección de arbitraje de la calidad del producto (en lo sucesivo, inspección de arbitraje) se refiere a una agencia de inspección de la calidad del producto (en lo sucesivo, la agencia de inspección de calidad) que ha pasado la evaluación del departamento de supervisión técnica y de calidad del producto a nivel provincial o superior. o su departamento autorizado El departamento de inspección autoriza su inspección El proceso de inspeccionar productos con disputas de calidad dentro de la gama de productos y emitir un informe de inspección de arbitraje de acuerdo con los requisitos de encomienda del solicitante. Artículo 4 La evaluación de la calidad del producto (en lo sucesivo, evaluación de la calidad) se refiere a la unidad organizativa de evaluación designada por el departamento de supervisión técnica y de calidad a nivel provincial o superior, de acuerdo con los requisitos de encomienda del solicitante, organiza expertos para investigar, analizar y. juzgar productos con disputas de calidad y emitir certificados de calidad. El proceso de informe de tasación. Artículo 5 El trabajo de inspección arbitral y evaluación de la calidad se ajustará a los principios de imparcialidad, equidad, ciencia y búsqueda de la verdad. Artículo 6: Cuando se traten disputas sobre la calidad del producto, prevalecerán el informe de inspección de arbitraje y el informe de evaluación de calidad emitidos de conformidad con estas Medidas. Artículo 7 Si las leyes y reglamentos administrativos contienen otras disposiciones sobre inspección arbitral y evaluación de calidad, esas disposiciones prevalecerán. Capítulo 2 Inspección arbitral Artículo 8 Los siguientes solicitantes tienen derecho a solicitar la inspección arbitral:

(1) Autoridades judiciales

(2) Instituciones arbitrales

(3) Departamentos de supervisión técnica y de calidad u otros departamentos administrativos;

(4) Grupos sociales relevantes que manejan disputas sobre la calidad del producto;

(5) Ambas partes en disputas sobre la calidad del producto.

Los solicitantes pueden presentar su solicitud directamente a la agencia de inspección de calidad, o pueden presentar su solicitud a la agencia de inspección de calidad a través del departamento de supervisión técnica y de calidad. Artículo 9 La agencia de inspección de calidad no aceptará las siguientes solicitudes de inspección de arbitraje:

(1) El solicitante no cumple con lo dispuesto en el artículo 8 de estas Medidas;

(2) No no existe una base de inspección correspondiente

(3) Es imposible llevar a cabo la inspección debido a limitaciones de nivel científico y tecnológico

(4) Los órganos judiciales y las instituciones de arbitraje han emitido sentencias efectivas; y decisiones sobre disputas sobre la calidad del producto. Artículo 10 Al solicitar la inspección de arbitraje, el solicitante deberá firmar un poder para la inspección de arbitraje con la agencia de inspección de calidad, aclarar los asuntos encomendados para la inspección de arbitraje y proporcionar la información relevante requerida para la inspección de arbitraje.

El poder para la inspección arbitral incluye los siguientes asuntos y contenidos:

(1) El nombre, especificaciones y modelos, grado de fábrica, nombre del fabricante, fecha de producción y número de lote de producción del producto confiado para la inspección de arbitraje

(2) Nombre, dirección e información de contacto del solicitante

(3) Base para confiar la inspección de arbitraje y los artículos de inspección;

(4) Tamaño del lote Método de muestreo para la inspección de arbitraje del producto;

(5) Requisitos de tiempo para completar la inspección de arbitraje;

(6) Costo, método de entrega y tiempo de entrega de la inspección arbitral;

(7) Responsabilidad por incumplimiento de contrato;

(8) Firma y hora del solicitante y del representante de la agencia de inspección de calidad;

(9) Otros acuerdos necesarios. Artículo 11 La base para la determinación de la calidad de la inspección de arbitraje:

(1) Requisitos de calidad estipulados en leyes, reglamentos o normas nacionales obligatorias;

(2) Leyes, reglamentos o normas nacionales obligatorias Si no existen disposiciones sobre normas obligatorias, se implementarán las normas del producto o los requisitos de calidad relevantes acordados por las partes en la disputa;

(3) No existen disposiciones sobre leyes, reglamentos o normas nacionales obligatorias, y no hay acuerdo entre las partes en disputa, implementar los requisitos de calidad expresados ​​por la parte que proporciona el producto. Artículo 12 Para la inspección de arbitraje de productos por lotes, el muestreo se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes requisitos:

(1) Si las normas nacionales obligatorias tienen disposiciones sobre muestreo, el muestreo se llevará a cabo de acuerdo con las disposiciones;

(2) Si las normas nacionales obligatorias no estipulan el muestreo, éste se llevará a cabo de acuerdo con el acuerdo entre las partes en la controversia;

(3) Cuando las partes en la disputa no pueden llegar a un acuerdo, la agencia de inspección de calidad propondrá un plan de muestreo y las muestras se tomarán después de la confirmación por parte del solicitante. Artículo 13 Si la agencia de inspección de calidad es responsable del muestreo y sellado del producto, el solicitante deberá notificar a ambas partes en la disputa que estén presentes.

Si ambas partes en la disputa no están presentes, el solicitante deberá estar presente o proporcionar opiniones por escrito aceptando el muestreo y el sellado de las muestras. Artículo 14 Métodos de inspección para la inspección de arbitraje:

(1) Si las normas nacionales obligatorias tienen disposiciones sobre métodos de inspección, se implementarán de acuerdo con las regulaciones;

(2) No no hay inspección en las normas nacionales obligatorias. Si el método está estipulado, se implementará el método de inspección de fábrica del fabricante;

(3) Si el fabricante no tiene un método de inspección de fábrica o no puede proporcionar un método de inspección, el solicitante deberá implementar el método de inspección acordado por ambas partes en la disputa o el solicitante deberá implementar los métodos de inspección proporcionados por agencias de inspección de calidad confirmadas. Artículo 15 La agencia de inspección de calidad emitirá un informe de inspección arbitral dentro del tiempo acordado.

Si la agencia de inspección de calidad es responsable del muestreo de lotes de productos, el informe de inspección de arbitraje es válido para el lote de productos. Artículo 16 La agencia de inspección de calidad conservará adecuadamente las muestras, excepto los consumibles, las muestras se devolverán una vez completada la inspección de arbitraje o se eliminarán de acuerdo con los acuerdos pertinentes. Artículo 17 Si el solicitante o cualquiera de las partes en la disputa tiene alguna objeción al informe de inspección de arbitraje, deberá presentarla a la agencia de inspección de calidad que acepte la inspección de arbitraje dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción del informe de inspección de arbitraje. La agencia de inspección lo manejará con seriedad y responderá. Si aún tiene objeciones a la respuesta de la agencia de inspección de calidad, puede solicitar una nueva inspección a la agencia de inspección de calidad designada por la Administración Estatal de Calidad y Supervisión Técnica, y el informe de inspección de arbitraje emitido por ella será la conclusión final.