Red de conocimientos sobre prescripción popular - Conocimiento dental - ¿Cuál es la fórmula para calcular el precio imponible de los bienes de consumo sujetos a impuestos para el procesamiento encomendado?

¿Cuál es la fórmula para calcular el precio imponible de los bienes de consumo sujetos a impuestos para el procesamiento encomendado?

El valor imponible del procesamiento encomendado de bienes de consumo sujetos a impuestos = (tarifa de procesamiento del costo del material)/(1-tasa de impuesto al consumo).

El procesamiento encomendado de bienes de consumo sujetos a impuestos se refiere a bienes de consumo sujetos a impuestos en los que la parte encargada proporciona materias primas y materiales principales, y la parte encargada solo cobra tarifas de procesamiento y parte de los materiales auxiliares de procesamiento.

Tratamiento contable de los bienes de consumo sujetos a impuestos que se encomiendan para ser procesados ​​y utilizados directamente para la venta después del reciclaje

Dado que los bienes entregados por la parte que los encarga son diferentes, los sujetos contables también son diferentes : si los materiales se entregan, deben tratarse como contabilidad de cuentas de "materiales de procesamiento encomendados"; si se emiten productos semiacabados de fabricación propia, se debe llevar una cuenta detallada del "procesamiento encomendado de productos semiacabados de fabricación propia" agregado en la cuenta "productos semiacabados de fabricación propia";

Datos ampliados

El procesamiento confiado está sujeto a impuestos Tratamiento contable para la producción continua de bienes de consumo sujetos a impuestos después del reciclaje.

De acuerdo con las disposiciones del "Reglamento Provisional" y sus normas de implementación, si los bienes de consumo sujetos a impuestos encargados para su procesamiento se reciclan y se utilizan para continuar la producción de bienes de consumo sujetos a impuestos, el impuesto pagado se deducirá de acuerdo con regulaciones. Por lo tanto, el contratante debe debitar el impuesto al consumo retenido y pagado por el contratante a la cuenta "impuesto a pagar - impuesto al consumo a pagar" y deducirlo al pagar el impuesto al consumo sobre los bienes de consumo finales sujetos a impuestos, en lugar de incluirlo en el procesamiento. costo de los bienes de consumo sujetos a impuestos.

Cuando la empresa recoge la mercancía del consignatario, debita "Materiales de procesamiento consignados" y otras cuentas de acuerdo con la tarifa de procesamiento a pagar, y debita "Impuesto a pagar - Impuesto al consumo a pagar" de acuerdo con el impuesto al consumo. retenidos y pagados por el consignatario Las Cuentas, “Cuentas por Pagar”, “Depósitos Bancarios” y otras cuentas se acreditan según la suma de los honorarios de procesamiento y el impuesto al consumo. Cuando se procesan en bienes de consumo finales sujetos a impuestos para la venta, se debita la cuenta "Impuesto sobre las ventas de productos y adicional" (o "Impuesto sobre las ventas de productos") y se acredita la cuenta "Impuesto por pagar - Impuesto sobre el consumo por pagar". La diferencia entre los dos débitos en la cuenta "impuesto al consumo imponible" es el impuesto al consumo real a pagar. Al pagar, se debita la cuenta "impuesto al consumo sujeto a pagar" y se acredita la cuenta "depósito bancario".