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Informe de autoexamen de la industria tabacalera sobre la implementación de la Ley de Procedimiento Administrativo y leyes y reglamentos relacionados ¡Urgente! ¡Dale altas calificaciones si respondes!

La Ley del Monopolio del Tabaco fue revisada en 2009

La versión revisada de la Ley del Monopolio del Tabaco de la República Popular China (Comité Permanente de la Séptima Asamblea Popular Nacional el 29 de junio de 1991 La 20ª reunión del Comité adoptó una enmienda basada en la "Decisión sobre la modificación de algunas leyes" de la 10ª reunión del Comité Permanente del 11º Congreso Nacional del Pueblo el 27 de agosto de 2009) Capítulo 1 Disposiciones generales El artículo 1 es para implementar el monopolio del tabaco Gestión, esta ley está formulada para organizar la producción y operación de productos de especialidad de tabaco de manera planificada, mejorar la calidad de los productos de tabaco, salvaguardar los intereses de los consumidores y garantizar los ingresos fiscales nacionales. Artículo 2 El término "productos especiales de tabaco" mencionado en esta Ley se refiere a cigarrillos, puros, tabaco rallado, hojas de tabaco recurridas, hojas de tabaco, papel de fumar, barras filtrantes, estopas de tabaco y maquinaria especial para tabaco. Los cigarrillos, los puros, el tabaco cortado y las hojas de tabaco recurrentes se denominan colectivamente productos del tabaco. Artículo 3 El Estado implementa una gestión monopolística de la producción, venta, importación y exportación de productos de monopolio de tabaco de conformidad con la ley, e implementa un sistema de licencias de monopolio de tabaco. Artículo 4 El departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado estará a cargo del trabajo del monopolio del tabaco en todo el país. Los departamentos administrativos del monopolio del tabaco de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central son responsables del trabajo del monopolio del tabaco en sus respectivas jurisdicciones y están bajo el doble liderazgo del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado y de los gobiernos populares. de provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, con la dirección del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado como autoridad principal. Artículo 5 El Estado fortalecerá la investigación científica y el desarrollo tecnológico sobre productos especiales de tabaco, mejorará la calidad de los productos de tabaco y reducirá el contenido de alquitrán y otros ingredientes nocivos. El Estado y la sociedad han fortalecido la publicidad y la educación sobre los peligros del tabaquismo para la salud, han prohibido o restringido fumar en el transporte público y en lugares públicos, han disuadido a los adolescentes de fumar y han prohibido fumar a los estudiantes de escuelas primarias y secundarias. Artículo 6 Cuando el Estado implemente la gestión del monopolio del tabaco en áreas étnicas autónomas, deberá, de conformidad con las disposiciones pertinentes de esta Ley y la Ley de Autonomía Étnica Regional, tener en cuenta los intereses de las áreas étnicas autónomas y tomar en consideración la hoja de tabaco. cultivo y producción de productos del tabaco en zonas étnicas autónomas.

[Editar este párrafo] Capítulo 2 Siembra, Compra y Distribución de Hojas de Tabaco

Condiciones para la Siembra, Compra y Distribución de Hojas de Tabaco

Artículo 7 de esta Ley Las llamadas hojas de tabaco se refieren al tabaco curado al aire libre y al tabaco curado al aire necesarios para la producción de productos de tabaco. La lista de tabaco curado al aire la estipula el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado. Otros cigarrillos curados al aire que no están incluidos en la lista de cigarrillos curados al aire famosos se pueden vender en los mercados comerciales. Artículo 8 La plantación de tabaco deberá cultivar y promover variedades excelentes de acuerdo con las condiciones locales. Después de ser revisadas y aprobadas por el Comité de Aprobación de Variedades de Tabaco nacional o provincial, las compañías tabacaleras locales organizarán y suministrarán variedades superiores. Artículo 9 El plan de compra de tabaco será emitido por el departamento de planificación del gobierno popular local a nivel de condado o superior de acuerdo con el plan emitido por el departamento de planificación del Consejo de Estado, y no podrá ser modificado por otras unidades e individuos. Las empresas tabacaleras o sus unidades encomendadas firmarán contratos de compra de hoja de tabaco con los productores de hoja de tabaco. El contrato de compra de hoja de tabaco deberá estipular el área de plantación de hoja de tabaco. El precio de compra de las hojas de tabaco será determinado por el departamento de precios del Consejo de Estado junto con el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado de conformidad con el principio de precios escalonados. Artículo 10 Las hojas de tabaco serán compradas uniformemente por las empresas tabacaleras o sus unidades encargadas de acuerdo con las normas de compra y los precios estipulados por el Estado, y otras unidades e individuos no podrán comprarlas. Las empresas tabacaleras y sus unidades encargadas fijarán el precio de las hojas de tabaco producidas por los productores de hojas de tabaco de acuerdo con el área de plantación acordada en el contrato de compra de hojas de tabaco de acuerdo con los estándares estipulados por el Estado, las comprarán todas y no reducirán la calidad y precio y manejar adecuadamente las disputas que surjan de la compra de hojas de tabaco. Artículo 11 El plan de asignación de hojas de tabaco y hojas de tabaco curado entre provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central será emitido por el departamento de planificación del Consejo de Estado. El plan de asignación de hojas de tabaco y hojas de tabaco curado. dentro de la jurisdicción de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central será emitido por los departamentos de planificación de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central. Una vez emitido, otras unidades e individuos no podrán modificarlo. Se deberán firmar contratos para la asignación de hojas de tabaco y hojas de tabaco curado.

[Editar este párrafo] Capítulo 3 Producción de Productos de Tabaco

Condiciones para la Producción de Tabaco

Artículo 12 Para establecer una empresa de fabricación de productos de tabaco, ésta debe ser aprobada por el Consejo de Estado Con la aprobación del departamento administrativo del monopolio del tabaco, se debe obtener una licencia de empresa de producción del monopolio del tabaco, y el registro debe ser aprobado por el departamento administrativo industrial y comercial su división, fusión o cancelación debe ser aprobada por el departamento administrativo del monopolio del tabaco; Departamento administrativo del monopolio de tabaco del Consejo de Estado, y las modificaciones, modificaciones o cancelaciones deberán realizarse ante el departamento administrativo industrial y comercial. Si no se ha obtenido una licencia de empresa de producción de monopolio de tabaco, el departamento administrativo industrial y comercial no aprobará el registro.

Artículo 13 Las empresas de fabricación de productos de tabaco que lleven a cabo construcciones básicas o transformaciones tecnológicas para ampliar la capacidad de producción deben obtener la aprobación del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado. Artículo 14 Los planes anuales de producción total de cigarrillos y puros en las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central serán emitidos por el departamento de planificación del Consejo de Estado. El plan de producción total anual de cigarrillos y puros de los fabricantes de productos de tabaco será emitido por el departamento administrativo del monopolio provincial del tabaco de acuerdo con el plan emitido por el departamento de planificación del Consejo de Estado y en combinación con las condiciones de venta del mercado. tareas de sobreproducción a los fabricantes de productos del tabaco. Si un fabricante de productos de tabaco necesita producir cigarrillos o puros por encima del plan de producción total anual basado en las ventas en el mercado, debe obtener la aprobación del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado. La Corporación Nacional del Tabaco establece objetivos de producción de cigarrillos por calidad y tipo a las empresas tabacaleras provinciales sobre la base del plan de producción total anual emitido por el departamento de planificación del Consejo de Estado. Las empresas tabacaleras provinciales emiten indicadores de producción de cigarrillos por calidad y tipo a los fabricantes de productos de tabaco basándose en los indicadores de producción de cigarrillos por calidad y tipo publicados por la Corporación Nacional del Tabaco y combinados con las ventas en el mercado. Las empresas fabricantes de productos de tabaco pueden realizar los ajustes apropiados a los indicadores de producción de cigarrillos por grado y tipo dentro del alcance del plan de producción total anual de la empresa basado en las ventas en el mercado.

[Editar este párrafo] Capítulo 4 Venta y Transporte de Productos de Tabaco

Reglamento sobre Venta y Transporte de Productos de Tabaco

Artículo 15 Negocio Mayorista de Productos de Tabaco las empresas deben ser aprobadas por el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado o el departamento administrativo del monopolio del tabaco a nivel provincial, obtener una licencia de empresa mayorista del monopolio del tabaco y estar aprobadas y registradas por el departamento administrativo industrial y comercial. Artículo 16 Las empresas o personas que se dedican al negocio minorista de productos de tabaco serán revisadas, aprobadas y expedidas por el departamento administrativo industrial y comercial del gobierno popular a nivel de condado con base en la encomienda del departamento administrativo del monopolio del tabaco. en el siguiente nivel superior. Cuando se haya establecido un departamento administrativo del monopolio del tabaco a nivel de condado, el departamento administrativo del monopolio del tabaco a nivel de condado también podrá revisar y aprobar la emisión de una licencia minorista de monopolio del tabaco. Artículo 17 El departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado, junto con el departamento de precios del Consejo de Estado, seleccionará algunas marcas de cigarrillos como productos representativos según el grado del cigarrillo. Los precios de los productos representativos serán determinados por el departamento de precios del Consejo de Estado junto con el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado. Los precios de los cigarrillos, puros y tabaco cortado no representativos serán determinados por el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado o por los departamentos administrativos del monopolio del tabaco de las provincias, regiones autónomas y municipios autorizados por el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado. y se informará al departamento de precios del Consejo de Estado o a la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central. Se archivará ante el departamento de precios del gobierno popular municipal. Artículo 18 El Estado formula normas de calidad del contenido de alquitrán para cigarrillos y puros. Los cigarrillos y puros deben etiquetarse en el paquete con el nivel de contenido de alquitrán y "Fumar es perjudicial para la salud". Artículo 19 Está prohibido transmitir o publicar anuncios de productos de tabaco en estaciones de radio, estaciones de televisión, periódicos y publicaciones periódicas. Artículo 20 Los cigarrillos, puros y tabaco cortado envasado deberán solicitar el registro de marca sin aprobación y registro, no podrán producirse ni venderse. Está prohibido producir y vender productos de tabaco que falsifiquen marcas registradas de otras personas. Artículo 21 Las marcas y logotipos de productos de tabaco deben ser impresos por empresas designadas por los departamentos provinciales de administración industrial y comercial; las empresas no designadas no pueden imprimir marcas y logotipos de productos de tabaco. Artículo 22 Los productos del monopolio del tabaco deben ser consignados o autotransportados con un permiso de transporte emitido por el departamento administrativo del monopolio del tabaco o una agencia autorizada por el departamento administrativo del monopolio del tabaco, sin un permiso de transporte, el transportista no podrá transportar las mercancías; Artículo 23 Las hojas de tabaco y los productos del tabaco que se envíen por correo o se transporten en otros lugares no deben exceder el límite estipulado por el departamento competente correspondiente del Consejo de Estado. Artículo 24 Las personas que transporten productos de tabaco a China no deben exceder el límite prescrito por las autoridades competentes del Consejo de Estado. De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Monopolio del Tabaco de la República Popular China, y basándose en el principio de tener en cuenta las necesidades razonables de las masas y evitar la reventa del tabaco y sus productos por correo, se decide ahora reanudar el negocio de envío postal de tabaco y sus productos El aviso específico es el siguiente: 1. Los servicios de envío postal de tabaco y sus productos se reanudarán en varios lugares a partir del 1 de marzo de 1993. 2. Cada artículo de cigarrillos y puros enviado por correo está limitado a dos cajas (400 unidades) (cuando los dos se envían juntos, el límite es dos cajas). Cada pieza de hojas de tabaco y tabaco cortado enviado por correo está limitada a 5 kilogramos (el correo combinado de los dos no puede exceder los 10 kilogramos). 3. Cuando los usuarios envían por correo tabaco y sus productos, cada persona está limitada a enviar un artículo a la vez y no se permiten varios artículos.

Los departamentos de correos y telecomunicaciones deben fortalecer la inspección de recibos y envíos por correo para evitar la práctica de enviar varios artículos a la vez o varias veces, y encapsular estrictamente los correos para garantizar la seguridad del transporte y la entrega. 4. Los departamentos de gestión de los monopolios del tabaco en diversos lugares deben cooperar estrechamente con los departamentos de correos y telecomunicaciones para fortalecer la gestión y hacer un buen trabajo. "Aviso de la Administración Estatal del Monopolio del Tabaco sobre la aplicación de límites para los pasajeros que transportan cigarrillos en otros lugares" Oficina del Monopolio del Tabaco de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central y la Oficina del Monopolio del Tabaco Municipal de Chongqing, y la Oficina de Representante Especial de Administración Estatal del Monopolio del Tabaco en el Sur: En los últimos tiempos, algunas personas se han aprovechado de la situación en coche o en barco, llevando una gran cantidad de cigarrillos para revenderlos en los aviones viola la política del monopolio del tabaco y perjudica los intereses del país y del país. consumidores. Con el fin de mantener el sistema nacional de monopolio del tabaco y proteger las necesidades normales y razonables de los pasajeros, se notifica lo siguiente: 1. Los pasajeros están limitados a diez cartones (2000 cajetillas) de cigarrillos nacionales y cinco cartones (1000 cajetillas) de cigarrillos extranjeros. . El número total de los dos no excederá de diez. 2. Cualquier persona que lleve más que el límite debido a necesidades especiales debe tener un certificado emitido por la Oficina del Monopolio del Tabaco a nivel de condado o superior. 3. Se solicita a las oficinas del monopolio del tabaco en todos los niveles que cooperen estrechamente con los departamentos de ferrocarriles, transporte, aviación civil, seguridad pública, industria y comercio y otros departamentos para fortalecer la gestión. Aquellos que violen las regulaciones anteriores serán tratados de acuerdo con las disposiciones pertinentes. de la política de monopolio. Capítulo 5 Producción y Venta de Papel para Cigarrillos, Barras de Filtro, Estopas de Tabaco y Maquinaria Especial para Tabaco

Producción y Venta

Artículo 25 Producción de Papel para Cigarrillos y Filtros Empresas que fabrican varillas, cigarrillos los remolques y la maquinaria especial para el tabaco deben presentarse ante el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado para su aprobación y obtener una licencia de empresa de producción del monopolio del tabaco. El término "maquinaria especial para tabacos" tal como se utiliza en esta Ley se refiere a la máquina completa de maquinaria especial para tabaco. Artículo 26 Las empresas que producen papel para cigarrillos, barras de filtro, cables para cigarrillos y maquinaria especial para tabaco organizarán la producción de acuerdo con los planes del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado y los contratos de pedido firmados con los fabricantes de productos de tabaco. Artículo 27 Las empresas que producen papel para cigarrillos, barras de filtro, cables para cigarrillos y maquinaria especial para tabaco sólo podrán vender sus productos a empresas tabacaleras y fabricantes de productos de tabaco que posean una licencia de empresa de producción de monopolio de tabaco.

[Editar este párrafo] Capítulo 6 Comercio de Importación y Exportación y Cooperación Económica y Técnica Exterior

Comercio y Cooperación

Artículo 28 Monopolio de Tabaco Director Administrativo del Estado Consejo El departamento gestiona el comercio de importación y exportación y la cooperación económica y técnica exterior de la industria tabacalera de conformidad con los reglamentos del Consejo de Estado. Artículo 29 Las empresas que se dediquen al negocio de importación y exportación de productos del monopolio del tabaco, al negocio de consignación de productos del tabaco extranjeros o al negocio de compra y venta de productos del tabaco extranjeros libres de impuestos dentro del área de supervisión aduanera deben obtener la aprobación del departamento administrativo del monopolio del tabaco. del Consejo de Estado o del departamento administrativo provincial del monopolio del tabaco Obtener la licencia comercial especial del monopolio del tabaco con la aprobación de las autoridades competentes. Las empresas que posean una licencia comercial especial de monopolio del tabaco deben presentar planes e informes de compra, venta e inventario al departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado de conformidad con los reglamentos del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado.

[Editar este párrafo] Capítulo 7 Responsabilidades Legales

Artículo 30 Quien compre hojas de tabaco sin autorización en violación de lo dispuesto en esta Ley, será multado por el departamento administrativo del monopolio tabacalera y será sancionado ser multado de acuerdo con las regulaciones nacionales. Comprar hojas de tabaco compradas ilegalmente a un precio razonable si la cantidad es enorme, las hojas de tabaco compradas ilegalmente y los ingresos ilegales serán confiscados. Artículo 31 Si los productos del monopolio del tabaco se envían o se transportan por cuenta propia sin un permiso de transporte o en exceso de la cantidad especificada en el permiso de transporte, el departamento administrativo del monopolio del tabaco impondrá una multa y podrá comprar los productos del monopolio del tabaco transportados ilegalmente a un precio prescrito. por el Estado; en casos graves, se pueden confiscar los productos de tabaco transportados ilegalmente y las ganancias ilegales. Si el transportista transporta a sabiendas mercancías del monopolio del tabaco para una unidad o individuo sin un permiso de transporte, las ganancias ilegales serán confiscadas por el departamento administrativo del monopolio del tabaco y se le impondrá una multa. Si la cantidad de hojas de tabaco o productos del tabaco transportados en mayor cantidad excede el límite especificado por el Estado, se procederá de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero. Artículo 32 Si una empresa de producción de monopolio de tabaco no tiene licencia para producir productos de tabaco, el departamento administrativo del monopolio de tabaco le ordenará el cierre, confiscará sus ganancias ilegales e impondrá una multa. Artículo 33 Cualquier persona que no tenga una licencia de empresa mayorista de monopolio de tabaco para operar negocios mayoristas de productos de tabaco recibirá la orden del departamento administrativo del monopolio de tabaco de cerrar o dejar de operar negocios mayoristas de productos de tabaco, confiscar los ingresos ilegales e imponer una multa. Artículo 34 Cualquiera que no tenga una licencia comercial especial de monopolio de tabaco y se dedique al negocio de importación y exportación de productos de monopolio de tabaco, al negocio de consignación de productos de tabaco extranjeros o a la compra y venta de productos de tabaco extranjeros libres de impuestos será ordenado por el departamento administrativo del monopolio del tabaco dejará de operar el negocio mencionado anteriormente, y cualquier negocio ilegal será confiscado y se le impondrá una multa.

Artículo 35 El departamento administrativo de industria y comercio ordenará a cualquier persona que opere el negocio minorista de productos de tabaco sin una licencia de venta minorista de monopolio del tabaco que deje de operar el negocio minorista de productos de tabaco, se le confiscarán sus ganancias ilegales y se le impondrá una multa. Artículo 36 Quien produzca o venda cigarrillos, puros o tabaco envasado sin marca registrada, será ordenado por el departamento de administración industrial y comercial el cese de la producción y venta y será multado. El que produzca o venda productos de tabaco que falsifiquen una marca registrada ajena, será ordenado por el departamento de administración industrial y comercial a detener la infracción, indemnizar al infractor por las pérdidas, y también podrá ser multado si constituye delito, incurriendo en responsabilidad penal; perseguido conforme a la ley. Artículo 37 Quien viole lo dispuesto en el artículo 21 de esta Ley e imprima ilegalmente marcas y logotipos para productos de tabaco, hará que el departamento administrativo de industria y comercio destruya las marcas y logotipos impresos, las ganancias ilegales serán confiscadas y se impondrá una multa. impuesto. Artículo 38 Si la reventa de productos del monopolio del tabaco constituye un delito, la responsabilidad penal será investigada de conformidad con la ley; si las circunstancias son menores y no constituyen un delito, el departamento administrativo industrial y comercial confiscará los productos del monopolio del tabaco revendidos y ganancias ilegales y podrá imponer una multa. Los funcionarios de los departamentos administrativos de los monopolios del tabaco y de las empresas tabacaleras que se aprovechen de sus cargos para cometer el delito previsto en el párrafo anterior serán castigados severamente de conformidad con la ley. Artículo 39 Cualquiera que falsifique, altere o comercialice licencias de empresas de producción de monopolios de tabaco, licencias comerciales de monopolios de tabaco y otras licencias y permisos de transporte estipulados en esta Ley será investigado por responsabilidad penal de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley Penal. Los funcionarios de los departamentos administrativos de los monopolios del tabaco y de las empresas tabacaleras que se aprovechen de sus cargos para cometer el delito previsto en el párrafo anterior serán castigados severamente de conformidad con la ley. Artículo 40 Si el contrabando de productos del monopolio del tabaco constituye un delito de contrabando, la responsabilidad penal será investigada de conformidad con las disposiciones pertinentes del Código Penal si la cantidad de contrabando de productos del monopolio del tabaco no es grande y no constituye el delito de; En caso de contrabando, la aduana confiscará las mercancías, artículos y ganancias ilegales de contrabando, pudiendo combinarlos con la imposición de una multa. Los funcionarios de los departamentos administrativos de los monopolios del tabaco y de las empresas tabacaleras que se aprovechen de sus cargos para cometer el delito previsto en el párrafo anterior serán castigados severamente de conformidad con la ley. Artículo 41 El departamento administrativo del monopolio del tabaco tiene derecho a inspeccionar la aplicación de la presente ley. Cualquier persona que utilice violencia o amenazas para impedir que los inspectores del monopolio de tabaco realicen sus funciones de conformidad con la ley será investigada por responsabilidad penal de conformidad con la ley; cualquiera que se niegue u obstaculice a los inspectores del monopolio de tabaco en el desempeño de sus funciones de conformidad con la ley sin; utilizando violencia o amenazas será sancionado por los órganos de seguridad pública de conformidad con lo dispuesto en la Ley Sancionatoria de la Administración de Seguridad Pública. Artículo 42 Los funcionarios del Tribunal Popular y los departamentos pertinentes que se ocupan de casos ilegales y que distribuyan de forma privada productos de tabaco confiscados serán penalmente responsables de conformidad con las disposiciones pertinentes del Código Penal. Se ordenará a los funcionarios del Tribunal Popular y de los departamentos pertinentes que se ocupan de casos ilegales que compren productos de tabaco confiscados que los devuelvan y se les podrán imponer sanciones administrativas. Artículo 43 Los funcionarios de los departamentos administrativos de los monopolios de tabaco y de las empresas tabacaleras que abusen de su poder, practiquen favoritismo o descuiden sus deberes serán sancionados administrativamente si las circunstancias son lo suficientemente graves como para constituir un delito, serán considerados penalmente responsables de conformidad con el; ley. Artículo 44 Si el interesado no está satisfecho con la decisión de sanción administrativa adoptada por el departamento administrativo del monopolio del tabaco y el departamento administrativo industrial y comercial, podrá solicitar una reconsideración a la autoridad superior a la autoridad que tomó la decisión de sanción dentro de los quince días siguientes a la fecha de la recepción de la notificación de sanción; las partes también podrán presentar una demanda directamente ante el Tribunal Popular dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la notificación de sanción. La autoridad de revisión tomará una decisión de revisión dentro de los 60 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de revisión. Si todas las partes interesadas no están satisfechas con la decisión de revisión, pueden presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de la decisión de revisión, si la autoridad de revisión no toma una decisión de revisión dentro del plazo, las partes; podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la expiración del período de revisión. Si la parte interesada no solicita una reconsideración o no presenta una demanda ante el Tribunal Popular dentro del plazo y no implementa la decisión de sanción, el organismo que tomó la decisión de sanción puede solicitar al Tribunal Popular la ejecución obligatoria.

[Editar este párrafo] Capítulo 8 Disposiciones complementarias

Artículo 45 El Consejo de Estado formulará los reglamentos de aplicación de conformidad con la presente Ley. Artículo 46 Esta Ley entrará en vigor el 1 de enero de 1992. Al mismo tiempo, fueron abolidos los "Reglamentos del Monopolio del Tabaco" promulgados por el Consejo de Estado el 23 de septiembre de 1983.

[Editar este párrafo] Ley del Monopolio del Tabaco revisada el 27 de agosto de 2009

(1) Cambiar el "delito de especulación" en el párrafo 1 del artículo 38 por "delito". La enmienda dice: “Si la reventa de productos del monopolio del tabaco constituye un delito, la responsabilidad penal será investigada de conformidad con la ley; si las circunstancias son menores y no constituyen un delito, el departamento administrativo industrial y comercial confiscará el tabaco revendido; productos de monopolio y ganancias ilegales, y podrá imponer una multa.” (II) ) en el párrafo 1 del artículo 39, sustituir “de conformidad con las disposiciones del artículo 117 de la Ley Penal” por “de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley Penal”. Ley".

La enmienda dice: "Quien falsifique, altere o compre o venda licencias de empresas de producción de monopolios de tabaco, licencias de negocios de monopolios de tabaco y otras licencias y permisos de transporte estipulados en esta Ley será investigado por responsabilidad penal de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Código Penal." (3) Artículo 3 En el artículo 40, párrafo primero, se sustituye "de conformidad con las disposiciones complementarias sobre la sanción de los delitos de contrabando" por "de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley Penal". La versión revisada es: “Si el contrabando de productos de monopolio de tabaco constituye un delito de contrabando, la responsabilidad penal se investigará de conformidad con las disposiciones pertinentes del Código Penal si la cantidad de contrabando de productos de monopolio de tabaco no es grande y no; constituyen delito de contrabando, las mercancías, artículos y ganancias ilícitas de contrabando serán confiscados por la aduana e impondrán una multa". (4) Cambiar las "disposiciones del Reglamento de Sanciones de la Administración de Seguridad Pública" en el artículo 41 por "las disposiciones de la Ley Sancionatoria de la Administración de Seguridad Pública." La modificación es: "El departamento administrativo del monopolio del tabaco tiene derecho a inspeccionar la implementación de esta ley. Cualquier persona que utilice violencia o amenazas para impedir que los inspectores del monopolio del tabaco realicen sus funciones de conformidad con la ley será investigado por responsabilidad penal de conformidad con con la ley, quienes se nieguen u obstaculicen a los inspectores del monopolio tabacalero en el desempeño de sus funciones conforme a la ley. Quienes utilicen violencia o amenazas serán sancionados por los órganos de seguridad pública de conformidad con las disposiciones de la Ley de Sanciones de la Administración de Seguridad Pública." (5) En el artículo 42, "De conformidad con los artículos 1 y 2 de las Disposiciones complementarias para sancionar el delito de corrupción y soborno. "Disposiciones" se cambiaron por "de conformidad con las disposiciones pertinentes del Derecho Penal". La enmienda dice: “El personal del Tribunal Popular y los departamentos pertinentes que se ocupan de casos ilegales y que distribuyen de forma privada productos de tabaco confiscados serán investigados por responsabilidad penal de conformidad con las disposiciones pertinentes del Código Penal. Los miembros del personal del Tribunal Popular y los departamentos pertinentes que se ocupan de casos ilegales. En los casos que compren productos de tabaco decomisados, se les ordenará su devolución, y se les podrán imponer sanciones administrativas."

[Editar este párrafo] Adjunto: Disposiciones pertinentes de la Ley

Disposiciones pertinentes de la Ley Penal Ley Artículo 117 Ilícitos financieros, cambiarios, servicios financieros Quienes violen las normas bancarias y de administración industrial y comercial, o especulen, si las circunstancias son graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva. y podrán ser condenados simultáneamente, o multados o confiscados sus bienes. Artículo 118 El que haga del contrabando o de la especulación un negocio regular, el que contrabandee o especule en grandes cantidades, o el que sea dirigente de un grupo de contrabando o de especulación, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez. años, y también puede estar sujeto a confiscación de bienes. Artículo 119: Será severamente sancionado todo funcionario del Estado que aproveche su cargo para cometer contrabando o especulación. Artículo 127 Si una empresa industrial y comercial viola las normas de gestión de marcas al falsificar la marca registrada de otra empresa, el responsable directo será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años, detención penal o multa. Artículo 167 Quien falsifique, altere, hurte, hurte o destruya documentos, certificados o sellos oficiales de organismos, empresas, instituciones u organizaciones populares del Estado, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva, vigilancia pública, o privación de derechos políticos si las circunstancias son graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años; Artículo 157 Quien utilice violencia o amenazas para impedir que los funcionarios del Estado cumplan sus funciones conforme a la ley, o se niegue a ejecutar la sentencia o fallo legalmente válido del tribunal popular, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años. , detención penal, multa o privación del poder político. Artículos relevantes de la Decisión sobre Sanciones Severas a los Delincuentes que Dañan Gravemente la Economía 1. Se complementan y modifican las siguientes disposiciones pertinentes de la Ley Penal: (1) Artículo 118 de la Ley Penal, el delito de contrabando, arbitraje y especulación, y el delito de especulación, artículo 152, artículo 171, para el delito de hurto, artículo 171, para el delito de tráfico de estupefacientes, y artículo 173, para el delito de contrabando y exportación de bienes culturales preciosos. Las penas se complementan o modifican, respectivamente, de la siguiente manera. : si las circunstancias son especialmente graves, serán condenados a pena privativa de libertad no inferior a diez años o a cadena perpetua o a la pena de muerte, que podrá ir acompañada de confiscación de bienes. Artículo 19 de los artículos pertinentes del Reglamento sobre sanciones a la administración de seguridad pública Quien cometa cualquiera de los siguientes actos que alteren el orden público, que no sea suficiente para sancionar penalmente, será detenido por no más de 15 días y multado con no más de 200 yuanes. , o recibir una advertencia: ... (7) Negarse, Obstruir a los trabajadores estatales en el desempeño de sus funciones de conformidad con la ley sin utilizar violencia ni amenazas.