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Disposiciones sobre sanciones por violaciones de las leyes y disciplinas en las licitaciones y licitaciones en la provincia de Hubei

Artículo 1 Con el fin de fortalecer la supervisión y gestión de las actividades de licitación, sancionar las actividades ilegales en las licitaciones y salvaguardar los intereses nacionales, los intereses sociales y los derechos e intereses legítimos de las entidades licitadoras, de conformidad con la "Ley de Licitaciones de la República Popular China". " y la "Ley de Supervisión Administrativa de la República Popular China" ", la "Ley de Servicio Civil de la República Popular China", el "Reglamento sobre el castigo de los funcionarios públicos de organismos administrativos" y otras disposiciones pertinentes. Artículo 2 Las unidades, los gerentes directamente responsables y otras personas directamente responsables que violen las leyes y disciplinas en las licitaciones y licitaciones, así como las personas que violen las leyes y disciplinas en las licitaciones y licitaciones, asumirán la responsabilidad disciplinaria. Quienes pertenezcan a las siguientes personas (en adelante, responsables pertinentes) serán sancionados por la autoridad de nombramiento y destitución o la autoridad de control de conformidad con la autoridad de gestión de conformidad con la ley:

(1 ) Funcionarios de agencias administrativas;

(2) Leyes, Miembros del personal autorizados por reglamento para tener funciones de gestión de asuntos públicos y aprobados para ser administrados con referencia a la "Ley de Funcionarios Públicos de la República Popular China" ;

(3) Personal de organizaciones encargadas por organismos administrativos de conformidad con la ley, excepto los trabajadores;

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(4) Personal designado por organismos administrativos en empresas, instituciones y grupos sociales.

Si unidades e individuos fuera de la provincia violan las leyes y reglamentos de licitación y necesitan ser considerados responsables disciplinariamente, deberán consultar estos reglamentos para hacer recomendaciones disciplinarias a sus autoridades de nombramiento y destitución o autoridades de supervisión con jurisdicción.

Si las leyes, reglamentos, decisiones del Consejo de Estado y reglamentos disciplinarios formulados por la Autoridad de Supervisión del Consejo de Estado y el Departamento de Personal del Consejo de Estado tienen otras disposiciones sobre sanciones por violaciones de las leyes y disciplinas en licitación y licitación, prevalecerán tales disposiciones. Artículo 3 Si el licitador comete cualquiera de los actos siguientes, se le hará constar una amonestación o un demérito. Si las circunstancias son graves, se dará demérito o degradación; si las circunstancias son graves, se dará sobreseimiento:

(1) No convocar a licitación para proyectos que deben licitar conforme a ley, incumpliendo; proyectos que deben licitarse de acuerdo con la ley en partes, o Evitar licitar de otras maneras;

(2) Los proyectos que deben estar sujetos a licitación pública no ingresan al centro integral de licitaciones ni a otras agencias de servicios de licitación para licitar. de acuerdo con las regulaciones, o no operar de acuerdo con los procedimientos de licitación estipulados en las leyes, reglamentos y reglas

(3) El proyecto de licitación no realiza los procedimientos de aprobación y presentación requeridos

(4) Organiza licitaciones en violación de las regulaciones o confía a una agencia sin calificaciones de la agencia licitadora o confía a una agencia que excede La agencia dentro del alcance de la agencia realiza licitaciones;

(5) Para proyectos que deberían ser licitado públicamente, se adoptan otros métodos de licitación sin aprobación, o los anuncios de licitación no se publican, o las ofertas no se publican a través de periódicos designados por los gobiernos populares nacionales y provinciales, redes de información u otros medios de comunicación que publican anuncios de licitación;

(6) Restringir o excluir a los postores potenciales con condiciones irrazonables, discriminar a los postores potenciales, obligar a los postores a formar un consorcio para presentar ofertas conjuntas o restringir la licitación. Competencia entre personas;

(7) Revelar a otros la nombres y número de postores potenciales que hayan obtenido documentos de licitación u otras circunstancias que puedan afectar la competencia justa;

(8) Antes de determinar el postor ganador, negociar con el postor el precio de la licitación, el plan de licitación y otros aspectos sustantivos. contenido;

(9) Determinar el postor ganador que no sea el candidato ganador recomendado por el comité de evaluación de ofertas de acuerdo con la ley y no cumplir con los requisitos para ganar la oferta. El postor ganador se determina según la clasificación. de candidatos, o se determina el postor ganador después de que todas las ofertas hayan sido rechazadas por el comité de evaluación de ofertas para proyectos que requieren licitación de acuerdo con la ley;

(10) El incumplimiento de los documentos de licitación y los documentos de licitación de el postor ganador Contratos escritos u otros acuerdos con el postor ganador que se desvíen del contenido sustancial del contrato;

(11) Colusión con agencias licitadoras, agencias de servicios de licitación o licitadores para dañar los intereses nacionales y sociales y intereses públicos o los derechos e intereses legítimos de otros;

(12) Otros comportamientos que afecten la apertura, equidad e imparcialidad de las actividades de licitación.

Si la agencia licitadora encargada por el licitador comete los actos enumerados en los puntos (2), (5), (6) y (7) del párrafo anterior, se tramitará de conformidad con las lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 4 Si una agencia licitadora comete cualquiera de los siguientes actos, el personal responsable correspondiente recibirá una advertencia o un registro de demérito si las circunstancias son graves, se otorgará un registro de demérito o una degradación si las circunstancias son graves; se dará despido:

(1) ) Realiza negocios de agencia licitante sin obtener la calificación de agente licitador o excede la calificación (2) Obtiene el negocio de agencia licitante por medios engañosos; postores específicos Ganar la licitación y obtener el negocio de agencia postora;

(4) Usar el nombre de otros o permitir que otros participen en el negocio de agencia postora en nombre de la organización;

(5) Cooperar con el licitador, el postor y los servicios de licitación Las instituciones se confabulan en las licitaciones y licitaciones, perjudicando los intereses nacionales, los intereses públicos sociales o los derechos e intereses legítimos de otros;

(6) Otros comportamientos que afectar la apertura, equidad e imparcialidad de las actividades de licitación. Artículo 5 Si un postor comete cualquiera de los siguientes actos, se le aplicará una amonestación o un demérito. Si las circunstancias son graves, se otorgará un demérito o degradación; si las circunstancias son graves, se otorgará un despido:

(1) Proporcionar información falsa para participar en la licitación;

(2) Colusión con otros postores Ofertas de cotizaciones, o excluir a otros postores de la competencia leal, dañando los derechos e intereses legítimos del licitador u otros postores;

(3) Oferta en nombre de otros, permitiendo otros a ofertar en su propio nombre, o utilizando otros medios Ganar la oferta mediante fraude;

(4) Colusión con el postor, agencia de licitación o agencia de servicios de licitación en la licitación, perjudicando intereses nacionales, intereses públicos sociales o los derechos e intereses legítimos de otros;

(5) )Otros comportamientos que afecten la equidad e imparcialidad de las actividades de licitación.