Criterios para los funcionarios públicos que no superan el examen físico
Son elegibles pacientes con cardiopatías congénitas que requieran cirugía o curación quirúrgica.
Artículo 2: La presión arterial se califica dentro del siguiente rango:
Presión arterial sistólica 90 mmHg-140 mmHg (12.00-18.66 kPa);
Sangre diastólica presión 60 mmhg -90 mmhg (8,00-12,00 kPa).
Artículo 3: Enfermedad de la sangre, sin calificar. Se califica la anemia ferropénica simple, con hemoglobina superior a 90 g/L en hombres y superior a 80 g/L en mujeres.
Artículo 4: Inhabilitado para tuberculosis. Sin embargo, las siguientes condiciones son elegibles:
(1) Tuberculosis primaria, tuberculosis secundaria, pleuresía tuberculosa, el período estable después de la curación clínica es de 65,438 ± 0 años;
( 2) Extrapulmonar tuberculosis: tuberculosis renal, tuberculosis ósea, tuberculosis peritoneal, tuberculosis ganglionar, etc. No hubo recurrencia 2 años después de la curación clínica y no hubo cambios en el examen en el hospital especializado.
Artículo 5: Son incondicionales la bronquitis crónica acompañada de enfisema obstructivo, las bronquiectasias y el asma bronquial.
Artículo 6: Enfermedad gastrointestinal crónica grave, descalificado. La úlcera gástrica o la úlcera duodenal ha sanado y no hay antecedentes de sangrado dentro de 1 año, hace más de 1 año.
Se califican los pacientes asintomáticos; se califican aquellos sin complicaciones graves luego de una gastrectomía subtotal.
Artículo 7: Son incalificadas todas las clases de hepatitis agudas y crónicas. Después del examen, se descarta la hepatitis y se califica a los portadores del patógeno de la hepatitis B.
Artículo 8: Son incalificados los diversos tumores malignos y la cirrosis hepática.
Artículo 9: No se califican la nefritis aguda y crónica, la pielonefritis crónica, la poliquistosis renal y la insuficiencia renal.
Artículo 10: No se califican enfermedades del sistema endocrino como diabetes, diabetes insípida, acromegalia, etc. Pacientes con signos físicos y asintomáticos de hipertiroidismo al año de la curación.
Calificado.
Artículo 11: Epilepsia, enfermedades mentales, histeria, sonambulismo nocturno, neurosis graves (dolores de cabeza frecuentes, mareos, insomnio, pérdida evidente de memoria.
Degeneración, etc.), abusos y dependencia de sustancias psicoactivas descalificadas.
Artículo 12: Diversas enfermedades difusas del tejido conectivo, como lupus eritematoso, dermatomiositis y/o polimiositis, esclerodermia y TDAH nodular.
Arteritis, artritis reumatoide, arteritis de Takayasu, etc. No cualificado.
Artículo 13: La esquistosomiasis tardía y la filariasis tardía acompañadas de hinchazón gomosa o quiluria no están calificadas.
Artículo 14: Se descalifican los defectos del cráneo, los cuerpos extraños intracraneales, las malformaciones cerebrales y el síndrome postraumático.
Artículo 15: Osteomielitis crónica grave, descalificado.
Artículo 16: Bocio simple de tercer grado, sin calificar.
Artículo 17: No se califican cálculos biliares ni cálculos obstructivos del tracto urinario.
Artículo 18: No se califican la gonorrea, la sífilis, el chancroide, el linfogranuloma venéreo, el condiloma acuminado, el herpes genital y el SIDA.
Artículo 19: No están calificados los pacientes con enfermedades oculares cuya agudeza visual corregida en ambos ojos sea inferior a 0,8 (la agudeza visual logarítmica estándar es 4,9) o que tengan una discapacidad visual evidente.
Artículo 20: Deficiencia auditiva en ambos oídos. Cuando usa un audífono, si hay un susurro a menos de 3 metros de ambos oídos y aún así no puede oírlo, no está calificado.
Artículo 21: Se descalifican otras enfermedades graves que no estén incluidas en las normas de examen físico y afecten el normal desempeño de sus funciones.
Elementos del examen físico:
El examen físico del funcionario público 2021 incluye altura, peso, visión, presión arterial, rutina sanguínea, función hepática, oftalmología, radiografía de tórax y otorrinolaringología.
Fisiología, medicina interna, cirugía, ecografía de hígado, vesícula y bazo, electrocardiograma, análisis de orina, VIH y otras enfermedades de transmisión sexual.