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¿Cómo se deben preservar las pruebas de disputas médicas?

Análisis jurídico: La evidencia a conservar se divide en dos partes Una parte son los registros médicos ambulatorios, hojas de informes y recibos de tratamiento que conserva el paciente. La otra parte de la evidencia se refiere a la información que conserva el hospital, incluidos los registros médicos de pacientes hospitalizados y los registros médicos de pacientes ambulatorios que conserva el hospital. Para evitar que el hospital destruya, altere o agregue contenido después de que surja una disputa, los pacientes deben solicitar de inmediato que se copien y sellen los registros médicos relevantes y otros materiales. Los datos sellados deben estar firmados con el nombre del paciente y del hospital para evitar que los datos sean destruidos. Si la disputa involucra alergias a la infusión, deterioro del medicamento, infusión demasiado rápida, materias extrañas en el frasco de infusión, etc., es mejor que el paciente selle los objetos físicos en el lugar y haga un registro escrito del proceso de tratamiento.

Base legal: “Reglamento para el Manejo de Accidentes Médicos”

Artículo 10: Los pacientes tienen derecho a copiar o copiar sus registros médicos ambulatorios, registros de hospitalización, hojas de temperatura, órdenes médicas. y órdenes de pruebas de laboratorio (informes de pruebas), datos de exámenes de imágenes médicas, formulario de consentimiento para exámenes especiales, formulario de consentimiento para cirugía, hoja de registro de cirugía y anestesia, datos de patología, registros de enfermería y otros datos de registros médicos especificados por el departamento de administración de salud del estado. Concejo.

Si un paciente solicita copiar o reproducir expedientes médicos de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, la institución médica deberá proporcionar servicios de copia o reproducción y estampar un sello de certificación en los expedientes médicos copiados o reproducidos. Al copiar o duplicar registros médicos, el paciente debe estar presente.

Las instituciones médicas que fotocopian o duplican registros médicos de pacientes a petición de estos podrán cobrar tarifas de producción de acuerdo con la normativa. Los departamentos administrativos de precios de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del gobierno central, junto con los departamentos administrativos de salud del mismo nivel, establecerán normas de cobro específicas.

Artículo 17: Si se sospecha que infusiones, transfusiones de sangre, inyecciones, medicamentos, etc. causan consecuencias adversas, tanto los médicos como los pacientes deberán sellar y abrir conjuntamente los objetos físicos en el sitio y los objetos físicos sellados en el sitio será mantenido por la institución médica. Si se requiere inspección, la inspección será realizada por una agencia de inspección designada mutuamente por ambas partes y que tenga las calificaciones de inspección de acuerdo con la ley; si ambas partes no pueden designarse mutuamente, la inspección será realizada; designado por el departamento administrativo de salud. Si se sospecha que una transfusión de sangre puede causar consecuencias adversas y es necesario sellar y retener la sangre, la institución médica notificará a la institución de recolección y suministro de sangre que proporcionó la sangre para que envíe personal al lugar.