Directrices de la UE para el metanosulfonato de metilo
1. Registro: De acuerdo con las regulaciones de registro, evaluación, autorización y restricción de productos químicos de la UE, si se produce o importa metanosulfonato de metilo en el mercado de la UE, debe registrarse en la Agencia Europea de Productos Químicos.
2. Etiquetado y envasado: Según la normativa de etiquetado y envasado de la Unión Europea, el mesilato de metilo debe marcarse con etiquetas de advertencia e información de seguridad adecuadas antes de su venta.
3. Ficha de datos de seguridad: De acuerdo con los requisitos de la normativa REACH, los fabricantes, importadores y usuarios deben proporcionar fichas de datos de seguridad (SDS) para el mesilato de metilo.
4. Evaluación de riesgos: Según la normativa REACH, la Agencia Europea de Sustancias Químicas realizará una evaluación de riesgos de las sustancias químicas registradas. Si se considera que el metanosulfonato de metilo representa un riesgo potencial para la salud humana o el medio ambiente, se pueden tomar medidas reglamentarias apropiadas, como restringir o prohibir el uso de la sustancia química.