Artículo 49 de las “Buenas Prácticas de Manufactura para la Distribución Farmacéutica” ¿Qué instalaciones y equipos deben estar equipados para operar medicamentos refrigerados y congelados?
Artículo 49 El almacenamiento y transporte de medicamentos refrigerados y congelados deberá estar dotado de las siguientes instalaciones:
(1) Debe haber almacenamiento en frío adecuado para su escala y variedad de negocios, y se deben equipar dos o más almacenes en frío independientes para almacenar vacunas;
(2) Para monitoreo, visualización, registro, ajuste y alarma de temperatura de almacenamiento en frío Equipos;
(3) Grupos electrógenos de respaldo o sistemas de suministro de energía de doble circuito para equipos de refrigeración de almacenamiento en frío;
(4) Medicamentos con requisitos especiales de baja temperatura deben estar equipados con requisitos de almacenamiento que cumplan con sus requisitos Instalaciones y equipos;
(5) Camiones refrigerados y refrigeradores montados en vehículos o cajas aisladas y otros equipos.
Dependiendo de su situación: dos o más cámaras frigoríficas independientes; equipos de monitoreo, visualización, registro, ajuste y alarma automáticos de la temperatura de la cámara frigorífica; grupos electrógenos de reserva o sistemas de suministro de energía de doble circuito para equipos de refrigeración de cámara frigorífica. ; cumplimiento de medicamentos especiales para bajas temperaturas Se requieren instalaciones y equipos para el almacenamiento, como camiones frigoríficos, cajas refrigeradas montadas en vehículos o cajas aisladas;