Reglamento de Gestión Integral Anticontrabando de la Zona Económica Especial de Shenzhen
A los órganos de gestión integral de lucha contra el contrabando municipales y distritales (en adelante, órganos de gestión integral) les corresponde específicamente la organización, orientación, coordinación, supervisión e inspección de las labores de lucha contra el contrabando.
La agencia de gestión integral municipal brinda orientación y supervisión profesional al trabajo de la agencia de gestión integral distrital. Artículo 5 Los fondos necesarios para la gestión integral contra el contrabando se incluirán en el presupuesto fiscal de los gobiernos municipales y distritales para garantizarla.
Los fondos especiales contra el contrabando asignados por el estado y las provincias deben destinarse a fines específicos y no deben utilizarse para otros fines. Capítulo 2 Responsabilidades Artículo 6 La Aduana es el organismo nacional de supervisión y administración de entradas y salidas y desempeña de forma independiente las funciones de detectar y detener el contrabando de conformidad con la ley.
Los gobiernos populares municipales y distritales y sus departamentos apoyarán a las aduanas en el ejercicio de sus poderes de conformidad con la ley y no interferirán con las actividades de aplicación de la ley aduanera. Artículo 7 Los órganos de seguridad pública desempeñan las siguientes funciones:
(1) Investigar y tramitar los casos penales de contrabando no relacionados con impuestos que se produzcan fuera del área de supervisión aduanera de conformidad con la ley;
(2) Detener e investigar oportunamente y tratar con la aduana Supervisar el contrabando fuera del área;
(3) Ayudar y lidiar con la resistencia encontrada por la aduana, la defensa fronteriza, la administración industrial y comercial y otros departamentos en el transporte realizar tareas de lucha contra el contrabando.
(4) Otras responsabilidades previstas por las leyes y reglamentos.
Los departamentos de seguridad pública y defensa fronteriza desempeñan funciones de lucha contra el contrabando de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 8 El departamento administrativo de industria y comercio desempeñará las siguientes responsabilidades:
(1) Trabajar con los departamentos pertinentes para monitorear, inspeccionar y monitorear los mercados que venden bienes o artículos de contrabando, bienes importados con exenciones de impuestos de franquicia, y bienes importados sin certificados de origen legal;
(2) Trabajar con los departamentos pertinentes para investigar actividades sospechosas de contrabando por parte de empresas de importación y exportación e industrias especiales;
(3) Otros derechos estipulados. en leyes y reglamentos. Artículo 9 El organismo de gestión integral tendrá las siguientes responsabilidades
(1) Organizar la publicidad de las leyes, reglamentos, lineamientos y políticas anticontrabando;
(2) Formular planes y planes de gestión integral, organizarlos e implementarlos después de la aprobación del gobierno al mismo nivel;
(3) Organizar, orientar y coordinar las unidades pertinentes para llevar a cabo el trabajo contra el contrabando;
(4) Organizar y coordinar los departamentos pertinentes para llevar a cabo trabajos de lucha contra el contrabando. Operaciones conjuntas y operaciones especiales para supervisar, investigar y abordar casos de contrabando importantes y complejos;
(5) Coordinar con los departamentos pertinentes para abordar emergencias tales como resistencia u obstrucción de la investigación de casos de contrabando;
(6) ) Supervisar, inspeccionar y evaluar el trabajo integral de gestión anticontrabando de las unidades pertinentes;
(7) Coordinar asuntos relevantes que requieran la cooperación de los departamentos gubernamentales locales en las inspecciones aduaneras de contrabando;
(8) Organizar y llevar a cabo Cooperar con las áreas aledañas para una gestión integral contra el contrabando;
(9) Otras obligaciones previstas en las leyes y reglamentos. Artículo 10 Si los departamentos o unidades pertinentes, como inspección y cuarentena, economía y comercio, impuestos, cultura, administración y supervisión pesquera, monopolio del tabaco, gestión del alcohol y finanzas, descubren pistas de contrabando en el desempeño de sus funciones, lo informarán de inmediato a la aduana. o agencia de gestión integral. Capítulo 3 Prevención Artículo 11 Se implementará un sistema de responsabilidad laboral para la gestión integral contra el contrabando. El trabajo integral de gestión anticontrabando realizado por los departamentos o unidades pertinentes debe incluirse en la evaluación del desempeño.
Las medidas específicas para el sistema de responsabilidades para la gestión integral contra el contrabando serán formuladas por el Gobierno Popular Municipal. Artículo 12 El organismo municipal de gestión integral deberá publicar periódicamente informes de trabajo de gestión integral anticontrabando, resumir el trabajo de gestión integral anticontrabando de la ciudad, analizar las características y patrones de las actividades de contrabando y proponer medidas específicas para prevenir el contrabando. Artículo 13 La agencia municipal de gestión integral orientará a las asociaciones industriales de empresas de importación y exportación para establecer un sistema de crédito contra el contrabando y coordinará con los departamentos pertinentes para llevar a cabo una gestión clasificada de las empresas de importación y exportación de acuerdo con sus calificaciones crediticias. Artículo 14 Se establece un mecanismo de vigilancia y alerta temprana contra el contrabando. La agencia municipal de gestión integral coordina los departamentos pertinentes, analiza y predice las tendencias del contrabando y orienta a las unidades pertinentes para realizar trabajos de prevención.
Artículo 15: Establecer un mecanismo de emergencia contra el contrabando, y la agencia municipal de gestión integral coordinará a los departamentos pertinentes para formular planes de emergencia y realizar los preparativos de emergencia pertinentes. Artículo 16 Las agencias de gestión integral deben fortalecer la publicidad y la educación contra el contrabando, y las agencias estatales, empresas, instituciones y otras organizaciones relevantes deben brindar apoyo y cooperación. Artículo 17 Los medios de comunicación deben fortalecer la publicidad y la información sobre la base de las necesidades del trabajo integral de gestión contra el contrabando. Capítulo 4 Investigación El artículo 18 establece un sistema de reuniones conjuntas para la gestión integral contra el contrabando. El organismo de gestión integral municipal convoca periódicamente a los departamentos pertinentes para celebrar reuniones para estudiar y tratar los siguientes asuntos:
(1) Analizar el contrabando. dinámicas y situaciones;
(2) Proponer medidas específicas contra el contrabando;
(3) Implementar operaciones conjuntas contra el contrabando y operaciones especiales;
(4 ) Otras materias que requieran coordinación. (4) Otros asuntos que requieran coordinación. Artículo 19: Se establece un mecanismo de intercambio y procesamiento de información contra el contrabando, y la agencia municipal de gestión integral coordina los departamentos pertinentes, como aduanas, seguridad pública, defensa fronteriza y administración industrial y comercial, para llevar a cabo el intercambio de información y lograr un intercambio completo de información.